martes, 30 de abril de 2013

Psicopatologías jurídicas (II): el síndrome amok (y II)


Casi in extremis –como relata la propia sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla [SAP SE 5787/2000, de 24 de julio]– la defensa aportó el informe de una psicóloga sustentando la pretensión atenuatoria en un diagnóstico de enfermedad mental del procesado, concretamente un trastorno explosivo intermitente de la personalidad, del subtipo conocido como amok, con el que trataba de demostrar que el acusado no era imputable por aquellos hechos. Hasta el momento, este caso es la única resolución española que ha tenido que enjuiciar un supuesto relacionado con ese trastorno explosivo intermitente de la personalidad que desata un paroxismo de violencia y que es característico de los habitantes de las islas del sudeste asiático; de hecho, el término amok es una voz de origen malayo que significa ataque furioso y su origen es tan antiguo que ya apareció citada en un libro del portugués Duarte Barbosa escrito en el siglo XVI, donde este comerciante que viajó con la expedición de Magallanes relató el comportamiento de algunos habitantes de la isla indonesia de Java: que salían a la calle y mataban a tantas personas como se encontraban.

Según los especialistas, el individuo que lo padece tras sufrir una fuerte vergüenza social; empieza a correr sin cesar destrozando todo lo que encuentra a su paso, incluso matando los animales y a las personas que se tropiezan en su camino. Normalmente el resto de la población lo acaba matando por ser un ser peligroso, pero los que llegan a sobrevivir, muestran una amnesia total sobre lo ocurrido. Podría sugerirse que se trata de un ataque de pánico, esquizofrenia o una paranoia transitoria pero la verdad es que los especialistas occidentales no se ponen de acuerdo en la naturaleza exacta del amok (ESTEBAN, M. Geografía del desarrollo humano. Barcelona: Aresta, 2010, p. 247).

El perito de la defensa apuntó los rasgos que se observan en el cuadro diagnóstico del amok, transcribiéndolos del famoso DSM-IV [la cuarta edición del Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales) que publica la Asociación Psiquiátrica Americana (APA)], presentándolo como un episodio agudo de comportamiento violento y descontrolado que la persona no recuerda; asociado a rasgos disociativos prominentes, que se presenta de forma brusca y sin periodo prodrómico [malestar que precede a una enfermedad] y que finaliza con signos de liberación, catarsis, consternación o arrepentimiento por lo sucedido.

En cambio, el órgano judicial discrepó de aquel argumento, a pesar de los ejercicios dialécticos que hiciera la perito en el acto del juicio, porque el acusado no mostró evidencias de amnesia, tampoco presentaba rasgos disociativos, ni se apreció el menor signo de sentimiento de "liberación" o catarsis, ni mucho menos de consternación o arrepentimiento por lo sucedido, que son uno y otro frecuentes y característicos de los trastornos explosivos, de los que el amok constituye un tipo particular; por todo ello, condenó al procesado, sin circunstancias modificativas de su responsabilidad, como autor de diversos delitos y faltas: nueve años de prisión, por un delito de asesinato en grado de tentativa; cuatro años, por un delito de detención ilegal; veinticuatro fines de semana de arresto por un delito de lesiones por imprudencia grave; y otros seis fines de semana más por una falta de lesiones dolosas.

Finalmente, el asunto terminó en el Tribunal Supremo, rechazando el recurso de casación que interpuso el agresor, por infracción de Ley y de precepto constitucional [STS 4520/2001, de 30 de mayo].

NB: el escritor Josep Lapidario narra otro suceso de 1928 que podría enmarcarse en este síndrome: la llamada masacre de la Pobla de Ferran (Passanant, Tarragona)  (...) Tras secarse con la manga el sudor de su frente, Josep Marimón observa distraídamente la culata de su escopeta. Está manchada de sangre. Tras unos segundos de ensimismamiento, se cuelga la escopeta en un hombro, aferra un hacha de leñador y camina hacia el pueblo, dejando tras de sí tres cadáveres infantiles mal escondidos bajo un montón de paja. Son las cuatro de la tarde del 19 de mayo de 1928. Antes de las seis habrán muerto a tiros y hachazos una anciana, una mujer de mediana edad y ocho críos de menos de once años. En total, diez de los cuarenta y tres habitantes de la tarraconense Pobla de Ferran. Marimón huye al monte. Al día siguiente, un grupo de somatenes le encuentra, serenamente adormilado, en un campo de trigo. Tal vez trata de resistirse o tal vez no, las versiones difieren; en cualquier caso, recibe un disparo letal en el ojo izquierdo. En el gatillo de la escopeta se encuentra atado un cordel blanco, quizá como futura ayuda al suicidio [LAPIDARIO, J. "Amok: un oasis de horror". En: Jotdown, 2020 (*)].

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