
En ese momento, una recomendación del Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) –sí, también de 1972– formuló por primera vez el famoso principio de quien contamina paga que, tres años más tarde, se introdujo plenamente en el argot europeo como uno de los principios orientadores de sus políticas medioambientales. Según la Directiva 2004/35/CE, de 21 de abril: la prevención y reparación de los daños medioambientales debe llevarse a cabo mediante el fomento del principio con arreglo al cual "quien contamina paga", tal como se establece en el Tratado y coherentemente con el principio de desarrollo sostenible. El principio fundamental de la presente Directiva debe, por tanto, consistir en que un operador cuya actividad haya causado daños al medio ambiente o haya supuesto una amenaza inminente de tales daños sea declarado responsable desde el punto de vista financiero a fin de inducir a los operadores a adoptar medidas y desarrollar prácticas dirigidas a minimizar los riesgos de que se produzcan daños medioambientales, de forma que se reduzca su exposición a responsabilidades financieras. En el ámbito anglosajón, este principio es conocido por las siglas en inglés de polluter pays principle; es decir, el PPP.
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