viernes, 23 de diciembre de 2016

Sobre testaferros, hombres de paja y personas interpuestas

Según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua –una entrada que se ha convertido en una expresión muy utilizada en el ámbito de la ciencia del Derecho, como reconoció la sentencia del Tribunal Supremo 202/2007, de 20 de marzo [1]– un testaferro es una persona que presta su nombre en un contrato, pretensión o negocio que en realidad es de otra persona; y añade que su origen etimológico es la voz italiana: testa-ferro (“cabeza de hierro”); curiosamente, en Italia, a esa figura no se le denomina testaferro sino prestanome (de manera similar a la propia RAE cuando habla de la persona que presta su nombre) mientras que un testaferro, en el idioma de Dante, hace referencia a un cabezota. En cuanto a otras lenguas; en inglés, por ejemplo, las voces strawperson o strawman se corresponden con el término español: hombre de paja (en línea con el francés: homme de paille) aunque en Iberoamérica prefieren llamarlo: palo blanco; y, hablando de colores, como cada idioma tiene sus propias particularidades, en el portugués más coloquial, el testa de ferro (definido como la pessoa cujo nome é utilizado por outra para fraudar um sistema financeiro ou comercial, para escapar do fisco ou para aplicar dinheiro obtido ilegalmente) [2] recibe el peculiar nombre de laranja (literalmente naranja porque así suele denominarse, de forma despectiva, a las personas que no tienen ninguna importancia: O laranja foi preso em seu lugar).

En el ordenamiento jurídico español, el Art. 31 del Código Penal dispone que: El que actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente, aunque no concurran en él las condiciones, cualidades o relaciones que la correspondiente figura de delito requiera para poder ser sujeto activo del mismo, si tales circunstancias se dan en la entidad o persona en cuyo nombre o representación obre.

Partiendo de la base de que la utilización de testaferros implica en cualquier caso la intención de encubrir bienes [3] y que la acción del testaferro implica siempre tomar parte en un acto, que aunque no es en sí mismo delictivo, conlleva un ocultamiento, que, en ocasiones, puede aumentar el riesgo de comisión de un delito [4]; la  jurisprudencia española ha dictado más de cuatro mil resoluciones en las que procesó a alguien acusándolo de actuar como una persona interpuesta. Esa profusión de sentencias se debe a que nos encontramos ante un personaje que aparece con cierta frecuencia en los juzgados y tribunales de la jurisdicción penal (...). Entre las actividades en las que esta figura suele verse involucrada a menudo se encuentran -en opinión del profesor Ragués i Vallès [5]- la asunción de la titularidad o la administración de sociedades mercantiles, cuando, por razones diversas, quien tiene el dominio real de una compañía no está interesado en aparecer ante terceros como su socio o administrador formal (...). Así, no resulta extraño encontrar ejemplos en los que un único sujeto aparece en los registros públicos como socio único y administrador de cientos de sociedades de las que apenas nada sabe.
 
El origen histórico de este término, tal y como lo entendemos en España, parece ser que se remonta a la Italia del siglo XVI. En aquel tiempo, la Península Transalpina no era el país que hoy conocemos sino un conglomerado –y no muy bien avenido– de los reinos de Nápoles y Sicilia, al sur; los Estados Pontificios, en el centro; y numerosas repúblicas y señorías en el próspero y fragmentado norte –Siena, Florencia, Génova, Pisa, Módena, Parma o Venecia– y el Gran Ducado de Saboya, en la frontera con Francia y Suiza. El duque saboyano Carlos III (1504-1553) tuvo que gobernar bajo la completa influencia de Francisco I de Francia que lo toleró en el trono a cambio de que los embajadores franceses en Turín ejercieran la autoridad real. Convertido en un mero hombre de paja, su hijo, Manuel Filiberto (1528-1580) –apodado testa di fierro, en italiano, o Tête de fer, en francés, porque era muy cabezota– se empeñó en no ser igual que su padre. Contrajo matrimonio con Margarita, hija del monarca francés, y se granjeó la amistad del otro gran rey de la Europa del XVI -Carlos I de España- que terminó concediéndole las más altas distinciones. Su objetivo fue recuperar el poder que perdió su familia y ejercerlo, no solo de hecho sino por derecho. Al servicio del emperador español, como comandante de su ejército, su famosa cabezonería se entendió en España en el sentido de que él no era un hombre de paja como su padre y así nos legó el actual significado de la voz testaferro.

Citas: [1] ECLI:ES:TS:2007:5505 [2] DICIO. [3] Sentencia del Tribunal Supremo 1925/2015, de 29 de abril - ECLI:ES:TS:2015:1925 [4] STS 484/2007, de 1 de febrero - ECLI:ES:TS:2007:484.[5] RAGUÉS I VALLÈS, R. "La responsabilidad penal del testaferro en delitos cometidos a través de sociedades mercantiles: problemas de imputación subjetiva". En InDret, 3/2008, p. 4.

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