
En 1994 –al mismo tiempo que se concluyó el Acuerdo de Marrakech para crear la Organización Mundial del Comercio (OMC), con la que mantiene una estrecha colaboración en varias esferas (acceder a los mercados, facilitar el comercio, etc.)– el Consejo de Cooperación Aduanera decidió adoptar la denominación operativa de «Organización Mundial de Aduanas» (OMA) [World Customs Organization (WCO)] con el fin de reflejar mejor su alcance y su transición a una institución intergubernamental verdaderamente global.
Además de configurarse como una organización intergubernamental, la OMA actúa con independencia –al no ser un organismo especializado de Naciones Unidas– y basa dicha actuación en el consenso y la cooperación de las administraciones aduaneras de sus 183 Estados miembros, siendo la única competente en esta materia; es decir, tiene facultades que no se han conferido a ningún otro organismo gubernamental (a saber, la autoridad para inspeccionar la carga y las mercaderías que entran, circulan) como reconoce la propia OMA en su Marco de Estándares para Asegurar y Facilitar el Comercio (SAFE) (*).
Su principal objetivo es asegurar el mayor grado de armonización y aplicación uniforme en los procedimientos aduaneros, promoviendo la adopción de instrumentos internacionales [como, por ejemplo, el Convenio internacional sobre asistencia mutua administrativa para prevenir, investigar y reprimir las infracciones aduaneras (“Convención de Nairobi” de 1977); o la Convención internacional revisada para la simplificación y armonización de los regímenes aduaneros (“Convención de Kyoto” de 1999] así como declaraciones (la “Declaración de Arusha” concerniente al buen gobierno y a la ética en las aduanas, de 1993) y recomendaciones (la Recomendación de 8 de junio de 1970 al objeto de acelerar el transporte de los envíos de socorro en caso de catástrofes).
Su órgano asambleario es el Consejo que está asistido por una Comisión de Política (24 miembros) y un Comité de Finanzas (17); asimismo, cuenta con diversos Comités Técnicos –como el de lucha contra el fraude– y una Secretaría que se encargan de cumplir las tareas definidas en las actividades claves del Plan Estratégico aprobado por el Consejo.
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