miércoles, 21 de julio de 2021

La Carta de la Universidad para la Paz [UPAZ]

En España, el Convenio Internacional para el establecimiento de la Universidad para la Paz y la Carta de la Universidad para la Paz, adoptadas por la Resolución 35/35, de 5 de diciembre de 1980, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, entró en vigor el 21 de abril de 1981. El origen de esta iniciativa surgió un año antes, cuando el órgano plenario de la ONU creó una comision internacional con el fin de preparar la estructura, organizacion y puesta en marcha de la Universidad para la Paz (UPAZ; en inglés UPEACE), en colaboracion con el gobierno de Costa Rica –país en el que se estableció su sede, en Ciudad Colón (San José)– mediante la Resolución 34/111, de 14 de diciembre de 1979. 

El Art. 1 de la Carta define este centro como una institución internacional de enseñanza superior para la paz; a continuación, el Art. 2 establece sus objetivos y propósitos: (…) brindar a la humanidad una institucion internacional de enseñanza superior para la paz y con el objetivo de promover el espíritu de comprensión, tolerancia y coexistencia pacífica entre los seres humanos, estimular la cooperación entre los pueblos y ayudar a superar los obstáculos y conjurar las amenazas a la paz y el progreso mundiales, de conformidad con las nobles aspiraciones proclamadas en la Carta de las Naciones Unidas con tal fin, la universidad contribuira a la ingente tarea universal de educar para la paz por medio de la enseñanza, la investigacion, los estudios postuniversitarios y la divulgación de conocimientos fundamentales para el desarrollo integral del ser humano y de las sociedades mediante el estudio interdisciplinario de todas las cuestiones vinculantes con la paz, es decir, la irenología –que comprende el estudio de la paz, la educación para la paz y los derechos humanos constituye el tema principal de la Universidad (Art. 17.1).

En cuanto a su organización, la estructura organica de UPAZ estuvo constituida, en su origen, por:

  1. El Consejo (órgano rector de la universidad y su máxima autoridad);
  2. El Rector (principal funcionario adminstrativo de la universidad, asume la responsabilidad general de la organización, dirección y administración de la Universidad de conformidad con la política general formulada por el Consejo);
  3. La Fundacion Internacional (órgano de apoyo financiero que funciona independientemente);
  4. El Centro Internacional de Documentacion e Informacion para la Paz (cuyo fin es asegurar el debido funcionamiento de la Universidad identificando, reuniendo y difundiendo datos e información relacionados con la paz); y
  5. La Junta Consultiva Internacional de la Universidad para la Paz (integrada por especialistas destacados en las distintas disciplinas de que se ocupe la Universidad para asesorar a esta institución sobre sus programas académicos).


Ese marco convencional de 1980 fue enmendado el 20 de abril de 2001, entre otras cuestiones, para nombrar Presidente Honorario de la Universidad para la Paz al Secretario general de las Naciones Unidas, o crear la figura del Canciller de la Universidad, por un periodo de dos años (una personalidad internacional descollante de reconocido prestigio en el ámbito de la paz que ejercerá de alto representante y defensor de los intereses de la Universidad); asimismo, la redacción del actual Art. 5 limita ahora la estructura orgánica de la Universidad a una organización constituida tan solo por el Consejo y el Rector de la Universidad para la Paz.

Por último, el apéndice de la Carta de la UPAZ concluye afirmando que: La persistencia de la guerra en la historia de la humanidad y las amenazas crecientes contra la paz en los últimos decenios ponen en peligro la existencia misma de la especie humana y obligan a concebir la paz no ya como un concepto negativo, como finalización de un conflicto, o como simple compromiso diplomático, sino como algo que debe conquistarse y asegurarse mediante el recurso más valioso y eficaz que posee la humanidad: la educación.

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