lunes, 21 de noviembre de 2022

La Declaración de Seneca Falls [1848]

En 1920, la escultora estadounidense Adelaide Johnson (1859–1955) talló en mármol de Carrara una estatua titulada Retrato Monumento [Portrait Monument] en la que representó los bustos de tres famosas sufragistas –Lucretia Mott (1793-1880), Elizabeth Cady Stanton (1815-1902) y Susan B. Anthony (1820-1906)– que lucharon activamente por la igualdad y los derechos de las mujeres durante la segunda mitad del siglo XX. Aquella obra fue un regalo del National Woman's Party al Congreso de los Estados Unidos que el poder legislativo aceptó el 10 de febrero de 1921, ubicándola en la cripta de su sede en Washington; pero, desde 1997, se muestra en la exhibición permanente ubicada en la rotonda central, bajo la cúpula del Capitolio. Ellas tres iniciaron y consiguieron en 1919, la aprobación de la 19ª enmienda aquella que dice que [1]: El derecho de sufragio de los ciudadanos de los Estados Unidos no será desconocido ni limitado por los Estados Unidos o por Estado alguno por razón de sexo [Enmienda XIX (18 de agosto de 1920)].


El punto de partida para alcanzar ese reconocimiento público fue la Declaración de Seneca Falls [Declaration of Sentiments], liderada por Lucretia Mott y Elizabeth Cady Stanton. El manifiesto fundacional del movimiento sufragista [1] lo firmaron un centenar de personas (68 mujeres y 32 hombres) en esa pequeña localidad neoyorquina –que, desde entonces, presume de ser la Birthplace of Women’s Rights (es decir, la cuna de los derechos de la mujer)– durante los días 19 y 20 de julio de 1848 en el marco de la Convención de Seneca Falls [Seneca Falls Convention], considerada la primera convención sobre los derechos de la mujer en Estados Unidos [2].


La iniciativa de dicha reunión partió de algunas mujeres activistas de las asociaciones abolicionistas y antialcohólicas. Hija de un juez presbiteriano, Elizabeth Cady Stanton estaba familiarizada con los ambientes antiesclavistas de Boston y casada con Henry Stanton, un militante antiesclavista. Por su parte, Lucretia Mott frecuentaba los círculos cuáqueros de Filadelfia donde la gente era abolicionista. Ninguna de las dos había logrado reponerse de la humillación sufrida en 1840 en la Convención Antiesclavista de Londres. En 1847, Elizabeth y Henry Stanton acababan de instalarse en Seneca Falls. En aquel mes de julio de 1848, Lucrecia Mott fue a visitar a su hermana y a participar, junto a otras mujeres presentes en Seneca Falls, en un encuentro de cuáqueros. El texto fundacional sometido a votación ese 21 de julio de 1848 en la Convención, la Declaration of Sentiments, había sido escrito entre vacilaciones y tanteos. Pero la idea de parafrasear parcialmente la Declaración de Independencia de 1776 incluyendo a las mujeres –ausentes en el texto original– en esa afirmación de igualdad se acordó por unanimidad: «Damos estas verdades por evidentes en sí mismas, que todos los hombres y todas las mujeres nacen iguales, que su creador les ha dotado de ciertos derechos inalienables; que entre éstos se encuentran la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad». Orientado hacia la modernidad y al mismo tiempo vindicativo de sus raíces históricas, este texto permitía afirmar la filiación de las rebeldes con sus Padres Fundadores y con la Revolución estadounidense [3].

En Seneca Falls se denunciaron las restricciones y limitaciones de las mujeres en el acceso, uso y control de los recursos y su ausencia de la política (no poder votar, ni presentarse a elecciones, ni ocupar cargos públicos, ni afiliarse a organizaciones políticas o asistir a reuniones políticas) se inició un largo camino que incluyó la aparición del movimiento sufragista y una cascada de reivindicaciones del derecho al voto que cristalizó en su aprobación en diversos estados durante ese siglo y el siguiente: en Estados Unidos en Wyoming (1869), Utah (1870), Colorado (1893), Idaho (1896); en Nueva Zelanda (1893) y en Australia (1902) así como en otros países, entre ellos España en 1931 (…) [2].

PD: sobre este tema también puedes consultar las entradas de este blog dedicadas a la «Vindicación de los derechos de la mujer», de Mary Wollstonecraft y la Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana, de 1791.

Citas: [1] GÓMEZ MONTOYA, R. La violencia sexual en conflictos armados. Un arma de guerra fuera del control de la legalidad internacional. Madrid: Dykinson, 2022, p. 54. [2] ALEMÁN MONTERREAL, A. & MARTÍNEZ RUANO, P. Derecho y mujer. Almería: Universidad de Almería, 2009, p. 93. [3] FAURÉ, C. Enciclopedia histórica y política de las mujeres: Europa y América. Madrid: Akal, 2010, p. 474.

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