miércoles, 10 de mayo de 2023

Las Órdenes Fundamentales de Connecticut (1639)

Hoy en día, el pequeño Estado de Connecticut (EE.UU.) aún recibe el sobrenombre de «The Constitution State» [«El Estado de la Constitución»] porque, a mediados del siglo XVII, aquella tierra de la extensa ría –origen etimológico de Connecticut en el dialecto algonquino que hablaban los nativos del noroeste norteamericano antes de que llegaran los europeos [1]– estaba habitada por puritanos de origen holandés e inglés cuando la comunidad integrada por los habitantes y residentes de las localidades de Windsor, Hartford y Wethersfield redactaron su Constitución, el 14 de enero de 1639, como marco legal de su propio gobierno: las Fundamental Orders (Órdenes Fundamentales) para mantener la paz y la unión de tales pueblos, mediante un gobierno ordenado y decente establecido según Dios, para disponer de sus asuntos en todas las estaciones (…) y ser guiados y gobernados de acuerdo con las Leyes, Reglas, Órdenes y Decretos que se hagan, ordenen y decreten de la siguiente manera [buen ejemplo del habitual recursos a los dobletes y tripletes en el derecho contractual anglosajón]. Lo más singular es que sus once mandatos se aprobaron incluso antes de que aquella Commonwealth se convirtiera, oficialmente, en una de las trece colonias británicas, lo que sucedió veintitrés años más tarde gracias a las gestiones que el gobernador John Winthrop Jr. (1606-1676) llevó a cabo en Londres, en mayo de 1662, para que el rey Carlos II de Inglaterra firmase la Connecticut Charter; la Carta que dio cobertura jurídica a los hombres libres de Connecticut, una vez que los ingleses expulsaron a los holandeses.

El contenido de aquellas pioneras órdenes se puede sintetizar en el siguiente decálogo:

  1. Como era tradicional en el contexto histórico en el que se redactó, todo el contenido se estructura bajo la advocación de la Regla de la Palabra de Dios o la divina providencia, para  mantener y conservar la libertad y pureza del Evangelio de nuestro Señor Jesucristo que ahora profesamos, como también la disciplina de las Iglesias.
  2. Se estableció un sistema de asambleas generales que debían reunirse, cada año, el segundo jueves de abril y el segundo jueves de septiembre.
  3. En la primera de aquellas reuniones se nombraba a los diputados y funcionarios que se estimara necesarios para desempeñar sus cargos durante un mandato anual y -entre ellos- se elegía al gobernador que debía administrar justicia de acuerdo con estas órdenes.
  4. A la hora de seleccionar los candidatos propuestos para ser diputados por cada una de las tres localidades de Windsor, Hartford y Wethersfield se reguló un sencillo sistema de votación mediante papeletas; el cargo de gobernador lo ejercía quien obtuviera la mayoría simple de los votos emitidos.
  5. Fuera de los periodos de sesiones de abril y septiembre se podían convocar asambleas extraordinarias con catorce días de preaviso.
  6. Asimismo, los hombres libres de Connecticut -es decir, el pueblo llano- podían convocar tanto las asambleas ordinarias como las extraordinarias cuando los diputados se negaran o descuidaran en sus funciones.
  7. Los habitantes de aquellas tres poblaciones podían enviar a las asambleas hasta cuatro diputados cada una, con la autoridad para dar sus votos en nombre de todo su pueblo con el fin de darse las leyes y órdenes que sean para el bien público,
  8. Se contempló un sistema de multas para castigar a quienes causaran desórdenes durante las reuniones o no acudieran a ellas en tiempo y forma.
  9. La Asamblea de Connecticut, como poder supremo, dictaba y derogaba sus propias leyes, otorgaba gravámenes, admitía nuevos hombres libres, disponía de las tierras e impartía justicia ante cualquier falta o delito; es decir, se atribuyó la autoridad legislativa, ejecutiva, judicial y administrativa.
  10. Por último, se proclamó la libertad de expresión en el debate asambleario sobre cualquier tema que se sometiera a votación y, en caso de empate, el asunto lo dirimía el voto de calidad del gobernador de modo que la asamblea nunca podía ser disuelta o suspendida sin el consentimiento de la mayoría.

Dos de los grandes nombres propios a los que se atribuye la idea y la redacción de estas Órdenes Fundamentales fueron: por un lado, el sermón que el reverendo inglés Thomas Hooker (1586–1647) pronunció en Hartford, el 31 de mayo de 1638, al afirmar que la autoridad solo puede basarse en el libre consentimiento del pueblo; y, por otro, el abogado inglés Roger Ludlow (ca. 1590–1664) que, gracias a sus conocimientos jurídicos, debió ser quien las escribió. Tras ser elegido gobernador, en abril de 1646, una asamblea le pidió que también recopilara toda la normativa de Connecticut, tarea que concluyó en 1650, por lo que pasó a ser conocido como el “Colonial Lawmaker” [2]. En teoría, los once mandatos fueron derogados por la nueva Carta de Carlos II pero, en la práctica, una nueva reunión celebrada el 9 de octubre de 1662 declaró que all laws and orders of the Colony stand in full force unless any be cross to ye Tenor of our charter (es decir, que se mantendrían en vigor mientras que no se opusieran al tenor de la Carta) [2].

El 9 de enero de 1788, Connecticut se convirtió en el quinto estado que ratificó la nueva Constitución de los Estados Unidos adoptada el 17 de septiembre de 1787 por la Convención de Filadelfia (Pensilvania), donde los delegados de aquel pequeño Estado desempeñaron una gran influencia en el llamado Compromiso de Connecticut que configuró el actual sistema bicameral federal.

Citas: [1] TRUMBULL, J. H. Indian Names in Connecticut. Hartford: Lockwood & Brainard, 1981, p. 60. [2] The Laws of Connecticut: An Exact Reprint of the Original Edition of 1673, 1673. Cambridge, pp. V y VI.

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