Desde los años 80, se celebra el Día Internacional de la Paz cada 21 de septiembre porque la promoción de la paz, tanto a nivel internacional como nacional, es uno de los propósitos primordiales de las Naciones Unidas de conformidad con su Carta, según los considerandos de la A/RES/36/67, de 30 de noviembre de 1981 que lo estableció por primera vez. De este modo, la Asamblea General de la ONU consideró que por conducto de la declaración y celebración apropiada de un día internacional de la paz, sería posible contribuir al fortalecimiento de esos ideales de paz y aliviar las tensiones y causas de conflicto en las naciones y los pueblos y entre ellos; y añadió que, como lo expone el preámbulo de la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura [(UNESCO) aprobada en Londres el día 16 de noviembre de 1945], puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz, que una paz fundada exclusivamente en acuerdos políticos y económicos entre gobiernos no podría obtener el apoyo unánime, sincero y perdurable de los pueblos, y que, por consiguiente, esa paz debe basarse en la solidaridad intelectual y moral de la humanidad.
Fuera del sistema de las Naciones Unidas, dos décadas antes, en 1968, el Papa Pablo VI instauró la Jornada Mundial por la Paz coincidiendo con el Año Nuevo, cada 1 de enero. En palabras de su Santidad: Nos dirigimos a todos los hombres de buena voluntad para exhortarlos a celebrar «El Día de la Paz» en todo el mundo, el primer día del año civil, 1 de enero de 1968. Sería nuestro deseo que después, cada año, esta celebración se repitiese como presagio y como promesa, al principio del calendario que mide y describe el camino de la vida en el tiempo, de que sea la Paz con su justo y benéfico equilibrio la que domine el desarrollo de la historia futura. (…) La proposición de dedicar a la Paz el primer día del año nuevo no intenta calificarse como exclusivamente nuestra, religiosa, es decir católica; querría encontrar la adhesión de todos los amigos de la Paz, como si fuese iniciativa suya propia, y expresarse en formas diversas, correspondientes al carácter particular de cuantos advierten cuán hermosa e importante es la armonía de todas las voces en el mundo para la exaltación de este primer bien, que es la Paz, en el múltiple concierto de la humanidad moderna (*).
Además de la ONU y de la Iglesia Católica, la necesidad de educar al mundo para que ame la Paz, la construya y la defienda -como señaló Pablo VI en su primer mensaje para celebrar el «Día de la Paz» el lunes, 1 de enero de 1968- tuvo un precedente anterior en la decimonónica Oficina Internacional por la Paz.
Hace ya dos años que mencionamos por primera vez la International Peace Bureau (IPB), entonces indirectamente, al dedicar una entrada al «Mundaneum» fundado por los abogados bruselenses Henri La Fontaine (1854-1943) y Paul Otlet (1868-1944). En aquel momento ya tuvimos ocasión de señalar que el Comité noruego otorgó el Premio Nobel de la Paz a La Fontaine mientras presidía la Oficina Internacional por la Paz que surgió como una propuesta formulada durante el III Congreso Universal por la Paz celebrado en Roma (Italia) del 11 al 16 de noviembre de 1891, por el pacifista danés Fredrik Bajer (1837-1922) que también recibió este galardón en 1908; y que, a su vez, como institución establecida en Berna (Suiza), la IPB también lo obtuvo en 1910. Logró un cuarto premio, en 1902, de la mano de su secretario general, el periodista suizo Élie Ducommun (1833-1906)… y así hasta trece en total.
Como aquellos Congresos Mundiales solían reunir a entidades procedentes, en su mayor parte, de Europa y Norteamérica, la nueva IPB se convirtió en el foro adecuado para canalizar los esfuerzos internacionales de los movimientos pacifistas que, de este modo, podían compartir sus objetivos en favor de una causa común. Hoy en día, 300 organizaciones de 70 países forman parte de la Oficina que, desde 1977, ha sido reconocida como entidad de carácter consultivo en la tercera de las categorías establecidas por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) y centra su trabajo en el desequilibrio entre los gastos militares y los gastos sociales; el devastador impacto de las armas en los países en vías de desarrollo y en las zonas de conflictos; y un tercer ámbito más amplio que abarca desde la abolición nuclear y los conflictos originados por los recursos naturales hasta el impacto militar sobre el medio ambiente y el cambio climático, la seguridad humana o la militarización de la ayuda al desarrollo, prestando una especial atención a la dimensión del género.
En la actualidad, su marco normativo lo establece la breve Constitución de la Oficina Internacional por la Paz [IPB Constitution]; apenas trece artículos que se aprobaron por su Junta el 23 de febrero de 2022 y el Consejo el 7 de marzo posterior. De su contenido podemos destacar que se trata de una ONG constituida de acuerdo con los Arts. 60 y siguientes del Código Civil suizo de 10 de diciembre de 1907; con sede en Ginebra [aunque sus oficinas centrales se encuentran en Berlín (Alemania)] y que se autodefine como una organización internacional no gubernamental por la paz, una red internacional mundial para la paz y el desarme, que trabaja por un mundo sin guerras y lucha por la justicia global (Art. 3). Su organigrama cuenta con una Asamblea (su máximo órgano normativo y un foro para el intercambio de ideas, información y recursos), un Consejo (responsable de implementar las políticas adoptadas por el órgano plenario) y una Junta (que ejerce la autoridad en los periodos en que no se reúne el Consejo). Por último, su norma fundamental dedica los últimos preceptos a su financiación, idioma oficial (inglés), revisión y disolución de la propia ONG.
Asimismo, la Constitución cuenta, a modo de anexo, con una reglamentación de desarrollo [International Peace Bureau Rules of Procedure] que se aprobó en Helsinki (Finlandia) en 2006 para detallar aspectos procedimentales relativos al sistema de votación y quórum, la fijación del orden del día, el establecimiento de comités o la celebración de reuniones extraordinarias.
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