miércoles, 9 de enero de 2013

¿Qué es el bullying?

Como sucede con otros comportamientos delictivos que han proliferado en las últimas décadas, a falta de una tipificación singularizada y específica en el ordenamiento jurídico español, estas conductas se analizan mejor de acuerdo con el criterio de la jurisprudencia porque, en última instancia, son los juzgados y tribunales los que han de resolver estas causas, pronunciándose sobre la ilicitud de estas prácticas y calificándolas de acuerdo con alguno de los, aproximadamente, 400 delitos que sí que se contemplan en el Código Penal. En este sentido, resulta muy clarificadora la sentencia 17429/2010, de 15 de noviembre, de la Audiencia Provincial de Madrid porque, hasta el momento, es una de las resoluciones más didácticas que se han pronunciado sobre este asunto al situar el origen de los primeros estudios científicos que analizaron esta conducta y definir y establecer cuáles deben se sus requisitos.

"Es un fenómeno que ha sido objeto de observación en fechas relativamente recientes (finales de los años 70 y principios de los 80) fundamentalmente en países del norte de Europa, y puede ser definido como una conducta de persecución física y/o psicológica intencionada y reiterada o repetida por algún tiempo". Para apreciarlo, la Audiencia madrileña considera que (…) “no es suficiente un incidente aislado, sino varios actuaciones mantenidas en el tiempo, esto es, una persistencia en la agresión, todo ello presidido por la voluntad de causar un mal (daño o miedo) a la víctima y situarla en un plano de inferioridad respecto del agresor o de un grupo".

En todo el mundo, el bullying se asocia, irremediablemente, con el acoso escolar que sufren los menores de edad en el colegio –y es cierto que es uno de los ámbitos más proclives a padecerlo– pero, en sentido estricto, la educación es tan sólo uno de los muchos círculos en los que una persona puede ser víctima de este hostigamiento (pensemos, por ejemplo, en la intimidación que pueden recibir los presos o los soldados por parte de otros reclusos o militares en las cárceles o el ejército, respectivamente; o la situación que se vive en muchos hogares donde la familia es continuamente hostigada por pequeños tiranos, esos hijos que sufren el denominado síndrome del emperador).

Partiendo de esa base, podemos establecer cuáles podrían ser las principales señas de identidad del bullying, desde un punto de vista genérico (y no solo escolar):

1) El comportamiento del individuo o grupo de acosadores consiste en hostigar a la víctima de forma física, verbal y/o psicológica, de modo intencionado y con el fin de ocasionarle un daño (físico y/o emocional) recurriendo a técnicas de intimidación, manipulación, agresión, coerción, crítica, etc. hasta lograr su aislamiento;

2) Esta conducta ha de reiterarse periódicamente y perdurar durante un tiempo, de modo que no constituya un hecho aislado;

3) Puede darse en cualquier faceta vital del acosado (generalmente, en la escuela; pero también en la familia, el trabajo, las amistades, los vecinos, las prisiones, etc.); y

4) El acosador (o acosadores) suelen actuar movidos por la envidia, el resentimiento o problemas de autoestima con el objetivo de obtener una posición de control y autoridad sobre la víctima hasta que se establezcan los roles de dominador-dominado.

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