jueves, 9 de diciembre de 2010

El levirato de las viudas

Desde la antigüedad, la costa norteafricana del Mediterráneo Occidental es conocida por el sobrenombre de La Berbería y –por lo tanto– sus habitantes son los berberiscos o beréberes; una de las razas más históricas del África septentrional que ya resistió, hace siglos, las invasiones de fenicios, griegos y romanos hasta su islamización, dando lugar –entre los siglos XI a XIV– a las famosas dinastías de los almorávides, almohades y benimerines que se asentaron en la Península Ibérica.

Actualmente, los amazig –como se denominan a si mismos– son un pueblo orgulloso de su cultura y –sobre todo– de sus ancestrales tradiciones a lo largo de esa enorme extensión de arena que es el desierto del Sáhara entre Marruecos, Argelia, Libia, Túnez y Mauritania, principalmente.

Las costumbres beréberes –que no son árabes– se han ido transmitiendo, generación a generación, gracias a unos documentos llamados qanun (cánones) donde se recoge el Derecho tradicional de este pueblo. Una de esas tradiciones –la ley del levirato– tiene un origen muy remoto y se puede encontrar en otras culturas de todo el mundo: desde las familias tibetanas o de la India (Código de Manú, del siglo II a.C.) hasta en la Judea anterior a Cristo, los indios ona de Tierra del Fuego, los aborígenes australianos o los pueblos melanesios.

En el capítulo 25 del Deuteronomio (versículos 5-10), se define esta ley –que toma su nombre del latín levir (cuñado) y que ya existía entre los asirios con el fin de perpetuar la descendencia de la familia y asegurar la estabilidad de su patrimonio– de la siguiente forma: Si dos hermanos viven juntos y uno de ellos muere sin hijos, la viuda no podrá casarse con ningún hombre de otra familia. El hermano de su marido deberá tomarla por esposa y, cumpliendo sus deberes de cuñado, la tomará por mujer y el primogénito que ella dé a luz llevará el nombre del hermano muerto; y en el Evangelio de San Marcos (12, 18-23), encontramos una nueva referencia a cerca de su origen cuando un grupo de fariseos le preguntan a Jesucristo: Maestro, Moisés nos escribió que si el hermano de algunos muriese dejando mujer sin hijos, el hermano debe tomar esa mujer y suscitar descendencia a su hermano.

En la Berbería, con el fin de conservar indivisibles las propiedades, el levirato de las viudas fue una costumbre tradicional –sobre todo– entre los beréberes de las regiones del Rif y el Alto Atlas marroquíes y en la Cabilia argelina; a pesar de que el Gobierno de París prohibió esta ley en su colonia a principios del siglo XX. Desde entonces, la situación de las mujeres beréberes al enviudar varía mucho de unos lugares a otros (si viven como nómadas o en ciudades) o de un país a otro y –aunque esta práctica aún persiste (los cabileños siguen viendo con muy malos ojos a las mujeres solas sin hombre)– ya no se les impone casarse con sus cuñados y pueden llegar a vivir, de hecho, con su pareja. Aún así, hoy en día, estas mujeres continúan reivindicando la abolición del levirato, su derecho a heredar y su independencia económica.

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