lunes, 6 de diciembre de 2010

Sobre el origen del esquirolaje

Cuando los trabajadores de una empresa se declaran en huelga y algunos de sus compañeros deciden no secundarla, reciben el despectivo nombre de esquiroles; término que también se emplea para designar a las personas que la patronal contrata ex profeso para cubrir aquellos puestos laborales durante el tiempo que dure el conflicto, con el fin de evitar que se detenga la producción de la fábrica. Para el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico (DPEJ), esquirol es la: Persona que sustituye en el trabajo a un huelguistaSegún la tradición popular, a los habitantes del pueblo L´Esquirol-Santa María de Corcó (comarca de Osona, Barcelona) se les llamaba esquiroles porque en una famosa posada del pueblo, situada en el camino de Vic a Olot, tenían en el vestíbulo una ardilla (esquirol, en catalán) de mascota. Cuando a mediados del XIX, empezaron a convocarse las primeras huelgas en las empresas textiles catalanas, los habitantes de aquel pueblo –los esquiroles– se ofrecieron a cubrir los puestos que dejaban vacantes los huelguistas del cercano Manlleu, la capital del Ter. Desde entonces, su gentilicio empezó a utilizarse, despectivamente, para designar a los trabajadores rompehuelgas.

A estas alturas de la vida, el Art. 6.5 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajoaún vigente, regula que: En tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma, salvo caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el apartado número siete de este artículo.

La primera vez que el Tribunal Constitucional español analizó la sustitución interna de trabajadores durante el ejercicio del derecho de huelga -una conducta empresarial comúnmente conocida como esquirolaje interno- fue en la sentencia 123/1992, de 28 de septiembre. En esta resolución, nuestro órgano de garantías afirmó que: Esa paralización parcial o total del proceso productivo se convierte así en un instrumento de presión respecto de la empresa, para equilibrar en situaciones limite las fuerzas en oposición, cuya desigualdad real es notoria. La finalidad última de tal arma que se pone en manos de la clase trabajadora, es el mejoramiento de la defensa de sus intereses. En este diseño, el Real Decreto-ley mencionado más arriba recoge una vieja interdicción tradicional y repudia la figura del "esquirol", expresión peyorativa nacida para aludir al obrero que se presta a realizar el trabajo abandonado por un huelguista, según enseña la Real Academia de la Lengua en su Diccionario. Esto explica que se prohíba al empresario, mientras dura la huelga, la sustitución de los huelguistas por trabajadores que no estuvieran vinculados a la empresa en el momento de ser convocada (Art. 7.5 del Real Decreto-ley 17/1977). El reverso represivo coincide casi a la letra con el texto más arriba transcrito y así la Ley 8/1988, de 7 de abril, [sobre infracciones y sanciones de orden social] donde se configura la potestad sancionadora en la materia, tipifica como infracción muy grave, en su Art. 8.10, "los actos del empresario lesivos del derecho de huelga de los trabajadores consistentes en la sustitución de los trabajadores por otros no vinculados al centro de trabajo al tiempo de su ejercicio, salvo en los casos justificados por el ordenamiento".

Vicente Cutanda | Una huelga de obreros en Vizcaya (1892)

PD: en inglés, para designar a los esquiroles se emplean diversos términos: scab, strikebreaker, finkblackleg. Esta última denominación -literalmente, "pierna negra"- tuvo un origen curioso. Durante las huelgas que se convocaron en las minas inglesas, en el siglo XIX, los mineros llamaban así a los compañeros que no habían secundado los paros y, por lo tanto, salían sucios de trabajar en los pozos con las perneras manchadas por el polvo del carbón.

Más info: 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...