En ese contexto, por iniciativa de Estados Unidos, veintiocho delegaciones -España incluida- asistieron a la I Conferencia Marítima Internacional [International Marine Conference] que se celebró en Washington del 16 de octubre al 31 de diciembre de 1889 [2] donde se alcanzó un acuerdo para prevenir los riesgos de colisión entre los navíos durante la travesía (por ejemplo, se regularon las luces, señales sonoras y de socorro, actuaciones en caso de niebla, las normas para determinar la navegabilidad de los buques o las cualificaciones necesarias de los oficiales y marinería, incluidas pruebas de vista y daltonismo) pero, sin embargo, aunque se llegó a examinar una propuesta para establecer un órgano internacional permanente que atendiese las necesidades del transporte marítimo -similar a los ejemplos anteriores de cooperación internacional en otros ámbitos- el plan para un órgano del sector marítimo fue rechazado. La Conferencia anunció: “De momento, la constitución de una comisión permanente sobre asuntos marítimos no se considera oportuna”. La razón -aunque no se indicó explícitamente- era que el sector del transporte marítimo desconfiaba de cualquier intento de control de sus actividades y de restringir su libertad comercial [3]; de modo que hubo que esperar hasta el fin de la II Guerra Mundial para que la navegación marítima también tuviera su propia organización.
Como aquel primer intento fracasó, el abogado belga Louis Franck (1868-1937) propuso la idea de unificar las reglas del Derecho Marítimo Internacional al influyente empresario de seguros Charles Le Jeune (¿?-1920) que logró el apoyo de su primer ministro, August Beernaert (1829-1912) para que un jurista, un comerciante y un político [4] –es decir, tres (…) visionarios del ámbito gubernamental y empresarial que estaban decididos a tratar de lograr la uniformidad del derecho internacional en relación con el transporte marítimo [5]- fundaran el Comité Marítimo Internacional [International Maritime Committee | Comité Maritime International (CMI)] en Amberes (Bélgica), en 1897, con el objetivo de contribuir con todos los medios y actividades pertinentes a la unificación del derecho marítimo en todos sus aspectos. Promoviendo la creación de asociaciones nacionales de derecho marítimo y cooperará con otras organizaciones internacionales (Art. 1 de la Constitución del CMI); pero, a pesar de su trascendencia, se trata de una entidad de derecho privado que, hoy en día, aún reúne a más de medio centenar de asociaciones nacionales especializadas en Derecho Marítimo.
Tras la I Guerra Mundial, la Sociedad de Naciones (precedente histórico de la ONU) llegó a contar con una Organización de las Comunicaciones y del Tránsito [Organisation for Communications and Transit] pero su ámbito de actuación era mucho más amplio porque su fin era eliminar todas las barreras que un malentendido interés nacional opone a menudo al buen entendimiento entre los pueblos, dificultando los transportes internacionales por vía terrestre, marítima, fluvial o aérea [6]. En España, como ya tuvimos ocasión de comentar, celebró la Conferencia general sobre la libertad de Comunicaciones y Tránsito en Barcelona, entre el 10 de marzo y el 20 de abril de 1921.
Así llegamos a la segunda década de los años 40, cuando el sistema de Naciones Unidas se fue ampliando con la fundación de organizaciones internacionales en campos muy diversos: la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en 1944; la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en 1945; o la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1947. Si no se había logrado a finales del siglo XIX, se volvió a intentar en 1948.
(…) La conferencia marítima de las Naciones Unidas reunida en Ginebra por iniciativa del ECOSOC [Consejo Económico y Social de la ONU que coordina a los quince organismos especializados] entre los días 19 de febrero al 6 de marzo de 1948, elaboró el proyecto de Convención por el que se creaba la Organización Consultiva Marítima Internacional (IMCO) [Inter-Governmental Maritime Consultative Organization] Abierta a la firma, entró en vigor el 17 de marzo de 1958, celebrando la Asamblea su primera sesión en enero de 1959 [7].
En 1982, la IMCO se renombró a su actual denominación: Organización Marítima Internacional (OMI) [International Maritime Organization (IMO)] con sede en Londres (Reino Unido), en la imagen superior.
PD: otras entradas que te pueden interesar sobre esta organización:
- ¿Cuáles son los cuatro pilares del Derecho Internacional Marítimo?
- El Código Polar.
- La seguridad de los buques pesqueros: del Convenio de Torremolinos al Acuerdo de Ciudad del Cabo.
- El vacío legal de los arrecifes artificiales.
- El «Código de conducta de Yibuti» [DCoC]
Citas: [1] REMIRO BROTÓNS, A (Dtor). Derecho Internacional. Madrid: McGraw Hill, 1997, p. 139. [2] DOCUMENTO OFICIAL. “Final Act of the International Marine Conference held at Washington, October 16 to December 31, 1889”. En: The American Journal of International Law, 1911, vol. 5, nº 1, p. 42. [3] OMI (*). [4] LILAR, A. & VAN DEN BOSCH, C. Le Comité Maritime International (1897-1972). Amberes: CMI, 1973, p. 10. [5] A/CN.9/WG.VI/WP.81. Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. Grupo de Trabajo VI (Venta Judicial de Buques). 35º período de sesiones, Nueva York, del 13 a 17 de mayo de 2019, §1. [6] SIVORI, J. B. La Liga de las Naciones: su origen y la obra realizada en la República Argentina. Buenos Aires: Asociación Argentina Pro Liga de las Naciones, 1928, p. 310. [7] DIEZ DE VELASCO, M. Las organizaciones internacionales. Madrid: Tecnos, 13ª ed., 2003, p. 367.
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