viernes, 24 de junio de 2016

El origen de las cinco libertades que definen el bienestar animal

De acuerdo con el glosario del Código Sanitario para los Animales Terrestres, por bienestar animal se designa el modo en que un animal afronta las condiciones de su entorno. Un animal está en buenas condiciones de bienestar si (según indican pruebas científicas) está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, puede expresar formas innatas de comportamiento y si no padece sensaciones desagradables de dolor, miedo o desasosiego. Las buenas condiciones de bienestar de los animales exigen que se prevengan sus enfermedades y se les administren tratamientos veterinarios; que se les proteja, maneje y alimente correctamente y que se les manipule y sacrifique de manera compasiva. El concepto de bienestar animal se refiere al estado del animal. La forma de tratar a un animal se designa con otros términos como cuidado de los animales, cría de animales o trato compasivo.

Tanto los preceptos que establece este Código, en particular, como todas las directrices que aprueba, en general, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) tienen la consideración de normas de referencia mundial, por parte de la Unión Europea o de la Organización Mundial del Comercio (OMC). De hecho, las instituciones europeas suelen referirse a esa definición en su prolífica legislación para regular las actividades destinadas a proteger y garantizar el bienestar de los animales.

En ese contexto, no es extraño que algunas fuentes se refieran a las autoridades de Bruselas como si hubiera sido el acervo comunitario el creador de las célebres cinco libertades; por ejemplo, en marzo de 2016, la Comisión Europea las enumeró de forma sucinta en su Eurobarómetro especial 442: Actitudes de los europeos en relación con el bienestar animal:
  • Freedom from hunger and thirst [libre de pasar hambre y sed];
  • Freedom from discomfort [libre de molestias];
  • Freedom from pain, injury and disease [libre de dolor, heridas y enfermedades];
  • Freedom to express normal behaviour [libre para expresar un comportamiento normal]; y
  • Freedom from fear or distress [libre de pasar miedo o angustia].

Sin embargo, su origen se remonta a Gran Bretaña en los años 60 y 70; en concreto, en 1964, la activista Ruth Harrison (1920-2000) conmovió a la sociedad británica cuando publicó su libro Animal Machines. Gracias a aquellas páginas, muy documentadas, la opinión pública descubrió –por primera vez– el pésimo trato que se estaba dando a los animales en las granjas, convertidos en “productos vendibles” [saleable products]. Al año siguiente, el Gobierno de Londres creó un comité de expertos para valorar las condiciones en las que se criaba a los animales con el fin de mejorar su bienestar y, a partir del informe que elaboró el denominado Brambell Committee, en 1979 se constituyó el Farm Animal Welfare Council que fue la institución donde se propusieron, a finales de ese año, aquellas cinco libertades que han acabado convirtiéndose en los principios básicos que definen el bienestar animal; asimismo, su libro también removió conciencias en Estrasburgo y, el 10 de marzo de 1976, el Consejo de Europa adoptó el Convenio Europeo de protección de los animales en explotaciones ganaderas, de manera especial en los sistemas modernos de explotación ganadera intensiva.

Terminamos con una reflexión del historiador israelí Yubal Noah Harari: El 7 de julio de 2012, expertos mundiales en neurobiología y ciencias cognitivas se reunieron en la Universidad de Cambridge y firmaron la Declaración de Cambribge sobre la Conciencia, que afirma lo siguiente: “pruebas convergentes indican que animales no humanos tienen los sustratos neuroanatómicos, neuroquímicos y neurofisiológicos de estados conscientes, junto con la capacidad de exhibir comportamientos intencionales. En consecuencia, el peso de la evidencia indica que los humanos no son únicos en poseer los sustratos neurológios que generan conciencia. Los animales no humanos, que incluyen a todos los mamíferos y aves, y a otros muchos animales, entre ellos, los pulpos, poseen asimismo estos sustratos neurológicos”. (…) En respuesta a los vientos cambiantes de la comunidad científica, en mayo de 2015, Nueva Zelanda se erigió en el primer país del mundo en reconocer legalmente a los animales como seres sensibles (…) y conscientes, y que por lo tanto hay que atender adecuadamente a su bienestar [HARARI, Y. N. Homo Deus. Barcelona: Debate, 2016, pp. 141 y 142].

PD: en España, este ámbito se regula en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, con el objetivo implementar mecanismos legales con el fin de fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro país, estableciendo un marco común en todo el territorio español, implicando a los poderes públicos y a la ciudadanía en el respeto a todos los animales. Su preámbulo recuerda la definición de «bienestar animal», de acuerdo con la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE): «el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere».

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