miércoles, 16 de marzo de 2022

La Constitución del Reino de Tonga (1875)

El 4 de noviembre de 1875, el Reino de Tonga proclamó su primera Constitución; una ley fundamental que aún continúa vigente, durante el reinado del monarca George Tupou I [veintiséis años antes que Australia, cuya Carta Magna entró en vigor el 1 de enero de 1901, tras negociarse en dos convenciones a finales del siglo XIX (1891 y 1897-1898)]. El archipiélago tongano [Pule'anga Fakatu'i 'o Tonga] está integrado por más de 170 islas y se encuentra situado en el Océano Pacífico Sur en el trazado de una imaginaria línea recta que uniera Nueva Zelanda (que carece de una Carta Magna codificada como tal; en su lugar, cuenta con un conjunto de estatutos, tratados, órdenes, patentes reales y decisiones, siguendo el criterio de su antigua metrópoli británica) y Hawái (que, aunque adoptó su propia Constitución en 1839 cuando era un reino independiente, transfirió su soberanía a Estados Unidos en 1898 y acabó convirtiéndose en su 50º Estado federal en 1959), Tonga se encontraría situada más cerca de los neozelandeses, a un tercio de distancia, que de los hawaianos, ubicados a los dos tercios restantes.


Durante el mencionado siglo XIX, Tonga logró ser el único Estado independiente de toda Oceanía y sólo perdió parte de su soberanía en 1900, cuando el bisnieto de aquel soberano, George Tupou II, hizo frente a un intento de derrocamiento por parte de otros líderes tribales y, para conservar el trono, firmó el Treaty of Friendship and Protection with Britain; es decir, un Tratado de Amistad y Protección por el que Gran Bretaña pasaba a encargarse de los asuntos exteriores de Tonga pero, en la práctica, a pesar de convertirse en un protectorado, el rey continuó siendo el soberano de aquella monarquía y disfrutando de una independencia inédita para el resto de territorios oceánicos. En los años 60, la reina Salote Tupou III comenzó a negociar con las autoridades de Londres el fin del protectorado; acuerdo que se logró en 1970, bajo el reinado de su hijo, Taufaahau Tupou IV. Ese mismo año, Tonga se incorporó a la Comunidad de Naciones británica [British Commonwealth of Nations] con la peculiaridad de que continúa siendo una monarquía –como sucede por ejemplo con Lesoto o Esuatini (la antigua Suazilandia)– a diferencia de lo que ocurre en las vecinas Australia o Nueva Zelanda que mantienen una lealtad común a la Corona de la reina Isabel II como Jefa de Estado de esas naciones.

Los gobernantes de Tonga son elegidos de la línea superior de jefatura que emergió de forma dominante de las guerras civiles de la primera mitad del siglo XIX. (…) Aunque sería una excesiva simplificación ver el sistema político tongano como sólo una continuación de un sistema polinesio de gobierno caciquil, se halla pese a todo arraigado en la cultura polinesia que concedía un gran énfasis a la jerarquía social y esto –junto con el respeto y el afecto de los tonganos hacia la familia real– ha ayudado a mantenerlo [NILE, R. y CLERK, C. Australia, Nueva Zelanda y Pacífico Sur. Barcelona: Folio, 2007, p. 198].

Palacio Real de Tonga

La Constitución tongana de 1845 –muy influenciada en su redacción original por la ley fundamental de Hawái de 14 de junio de 1852 gracias a que el periodista Charles St Julian del Sydney Morning Herald le envió una copia del texto al rey George Tupou I– ha sido enmendada en diversas ocasiones; aunque, quizá, la reforma más trascendental fue la que promovió el rey George Tupou V el 25 de noviembre de 2010 para que aquella antigua monarquía absoluta se convirtiera en un régimen constitucional aunque aún conserva numerosas prerrogativas; por ejemplo, el Art. 38 prevé que el monarca pueda disolver la Asamblea Legislativa a su antojo; el Art. 41 establece que su persona es sagrada; el Art. 68 contempla el derecho de veto del soberano a las iniciativas legislativas que no quiera sancionar; y el Art. 104 dispone que todas las tierras del reino le pertenecen y que puede disponer de ellas para concederlas, de nuevo, at pleasure, a su voluntad:
  1. La primera parte de la Act of Constitution of Tonga comienza con una proclamación de los derechos: desde la prohibición de la esclavitud hasta la libertad de expresión o el derecho a un juicio justo, pasando por algunos preceptos más singulares como el Art. 6 que declara nulos y sin efectos legales todos los actos adoptados durante el Sabbath Day; y la notable ausencia de un principio de igualdad entre hombres y mujeres (el Art. 4 solo habla de una sola ley en Tonga para jefes y plebeyos para no tonganos y tonganos).
  2. A continuación, la segunda parte establece la forma de gobierno de esta monarquía constitucional (el monarca reina y gobierna en línea, por citar otro caso más cercano, con lo que sucede en Europa en el Principado de Liechtenstein; a diferencia de las monarquías parlamentarias como la española) de acuerdo con su Art. 30: The form of government for this Kingdom is a Constitutional Monarchy under His Majesty King George Tupou V and his successors; así como la división de poderes entre el Gobierno [The Cabinet], el Parlamento [The Legislative Assembly] compuesto por los miembros del ejecutivo, los diecisiete representantes elegidos por el pueblo y los nueve nombrados por los nobles (con algunos privilegios en la tramitación de proyectos de ley que afecten a sus asuntos o a los de la Familia Real), con sede en la capital tongana, Nukualofa; y el Poder Judicial [The Judiciary].
  3. Por último, la peculiar tercera parte de su Carta Magna regula la distribución de la tierra: propiedad, límites, arrendamientos, asignaciones a los súbditos varones (no a las mujeres) y reversión a la Corona de todas aquellas haciendas que carezcan de herederos legítimos.

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