viernes, 24 de abril de 2026

La colombofilia jurídica

La didáctica exposición de motivos de la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias explica que: La colombofilia es el arte de criar y entrenar palomas mensajeras. Su finalidad principal es deportiva, así como la exposición, fundamentada en la selección y perfección genético-morfológica de los ejemplares, mediante el sano y equilibrado desarrollo adquirido con el entrenamiento, la competición y una adecuada nutrición e higiene. En este deporte se valora el instinto natural de la paloma mensajera para orientarse y regresar a su palomar desde diferentes distancias, atraídas por el cariño a donde habita, su instinto de pertenencia, apoyado en una metódica preparación y cuidadoso entrenamiento que le procura su propietario y preparador: el colombófilo. La paloma mensajera es una raza especial. Por su fortaleza anatómica, su viveza, su vuelo especial, su plumaje, se considera una auténtica «atleta» de nuestros cielos. En estado natural no se aleja mucho de su palomar. Allí vive, se alimenta y reproduce. Entrenadas y estimuladas convenientemente recorren las distancias en el menor tiempo posible. El colombófilo, su entrenador, las alimenta y mantiene en perfecto estado de salud, condición física y forma, mediante diferentes modalidades de estímulo y motivación, al objeto de lograr el regreso rápido a su palomar. En todo caso, el uso de ejemplares de paloma mensajera con fines deportivos y de competición, como lo conocemos hoy en día, se remonta, a mediados del siglo XIX, a Bélgica donde, a partir de cruces de palomas silvestres, se crean dos prototipos, uno en Amberes y otro en Lieja, el primero para vuelo corto y rápido (velocidad) y, el segundo, para mayor distancia y resistencia (fondo y gran fondo). Con el tiempo, el cruce de estos ejemplares ha perfeccionado la genética de los mismos y su aptitud para la competición. Además, añade un dato interesante sobre el origen de esta actividad: En 1879, en España se introducen estas palomas, por vez primera, en un palomar militar en Guadalajara, que fue base del servicio de palomas mensajeras del ejército (…).

Otra normativa autonómica -la Ley 10/2002, de 12 de diciembre, de Protección de la Colombicultura y del Palomo Deportivo, de la Comunidad Valenciana- describe su evolución histórica y normativa: (…) El palomo con el que se practica el deporte de la colombicultura desciende de la paloma buchona traída a España por los árabes en el siglo VIII y ha sido utilizada como medio de recreo y distracción a través de los años, pero mejorada mediante cruces realizados por los grandes aficionados valencianos hasta conseguir el palomo deportivo valenciano, tal y como se denomina actualmente, que aparece ya sólidamente afincado en nuestra tierra a mediados del pasado siglo. En el siglo XV, siendo rey Fernando el Católico, ya se dictaron normas de protección para las palomas deportivas y las primeras normas para la práctica del vuelo de palomas buchonas datan de 1754 y fueron dictadas por el corregidor de San Felipe (actualmente Xàtiva) y gobernador de Montesa y su partido. El 13 de junio de 1908 se publica la segunda circular gubernativa para regular la actuación y práctica de la afición a la paloma deportiva o buchona-laudina, circular que se amplió y matizó mediante otra de abril de 1914; a partir de esta fecha se constituye en Valencia la primera Sociedad de Colombicultura (…).

Por último, la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia, de la Región de Murcia puntualiza aquella afirmación valenciana al afirmar que: (…) la primera sociedad colombicultura del mundo se creó en nuestra Región en el año 1773.

Postal francesa de 1929 que rinde homenaje al servicio prestado
por las palomas mensajeras en la Batalla de Verdún (1916).

Toda esta normativa española se circunscribe al ámbito regional porque la colombofilia es un deporte y los Estatutos de Autonomía les atribuyen la competencia exclusiva en materia de deportes y ocio a las Comunidades Autónomas. En ese contexto, la legislación murciana define qué debemos entender por «Colombofilia»: Práctica deportiva consistente en la crianza y mejora de la paloma mensajera con el objeto de entrenarla para el vuelo de largas distancias sabiendo orientarse para volver al palomar de origen, incluyéndose en la misma la participación en competiciones (Art. 3).

En el ámbito nacional sólo destacan dos reglamentaciones: por un lado, el ya derogado Real Decreto 2571/1983, de 27 de septiembre, por el que se regula la tenencia y utilización de la paloma mensajera; y, por otro, el breve Real Decreto 164/2010, de 19 de febrero, que suprimió la regulación dictada por razones extradeportivas en materia de colombofilia; su exposición de motivos nos recuerda que: el uso de las palomas mensajeras constituyó en tiempos pasados un medio de comunicación eficaz, resultando idónea su utilización en situaciones de incomunicación técnica. Considerando su utilidad militar y la vulnerabilidad que para la seguridad nacional podía presentar su uso no controlado, se estableció el requisito de autorización previa de la Autoridad militar para la tenencia o instalación de palomares. Asimismo, correspondía al Ministerio de Defensa regular, por razones extradeportivas, la tenencia, cría, educación, censo, anillado, estadística y control general de las palomas mensajeras. Por otra parte, se establecieron diversas ayudas a las asociaciones y entidades, sin ánimo de lucro, para el fomento de la tenencia y utilización de las palomas mensajeras. (…) En la actualidad, las nuevas tecnologías de los sistemas de telecomunicaciones e información cubren eficazmente todas las necesidades de enlace de la Defensa Nacional, lo que ha originado que la posible utilización de las palomas mensajeras como medio de transmisión haya dejado de tener interés para la Defensa Nacional. (…) Por cuanto antecede, se hace necesario suprimir la regulación dictada por razones extradeportivas en materia de tenencia y utilización de la paloma mensajera, liberando a la actividad deportiva de la acción de intervención de la autoridad militar.

PD: la Real Federación Colombófila Española se constituyó en Málaga el 7 de septiembre de 1894 y es una entidad de naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad pública, de duración indefinida, que tiene por objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo y la práctica en todo el territorio nacional de la modalidad deportiva de la colombofilia. Dicha modalidad deportiva es una especialidad única (Art. 1 de la Resolución de 10 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Colombófila Española).

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