martes, 24 de diciembre de 2013

¿Qué es la Comisión de Derecho Internacional?

Según el profesor Michael Wood, los antecedentes del movimiento de codificación del derecho internacional tuvieron sus orígenes en conferencias especiales (Viena 1814 y 1815, París 1856, La Haya 1899/1907, Conferencia Naval de Londres, 1908 y 1909) y en iniciativas privadas (Instituto de Derecho Internacional y Asociación de Derecho Internacional, ambos establecidos en 1873; Harvard Research in International Law, publicado entre 1929 y 1939). Posteriormente, la Sociedad de las Naciones [precedente histórico de la ONU] realizó una serie de actividades más sistemáticas a nivel intergubernamental que culminaron en la labor del Comité de Expertos para la Codificación Progresiva del Derecho Internacional (1924) y la Conferencia de Codificación celebrada en La Haya en 1930; pero el ocaso de esta organización y el estallido de la II Guerra Mundial aletargaron el proceso hasta que el Art. 13.1.a) de la Carta de las Naciones Unidas, de 26 de mayo de 1945, retomó la cuestión y encomendó a la Asamblea General que promoviera los estudios para fomentar la cooperación internacional en el campo político e impulsar el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación. Como consecuencia, dos años más tarde, este órgano adoptó la resolución A/RES/174 (II), de 21 de noviembre de 1947, por la que se creó la Comisión de Derecho Internacional [International Law Commission (ILC)] y su Estatuto se incluyó en un anexo (es decir, se puede modificar por otra resolución del órgano plenario de la ONU porque no se adoptó mediante un tratado) .

El trabajo de la CDI consiste, como ha reconocido la propia ONU, en redactar proyectos de artículos sobre cuestiones de derecho internacional, de los cuales algunos son elegidos por la Comisión y otros por la Asamblea General. Cuando la Comisión termina de redactar un proyecto de artículos sobre una cuestión determinada, la Asamblea General convoca generalmente una conferencia de plenipotenciarios que incorpora estos artículos a una convención. Ésta queda después abierta para la firma de los Estados. Los países firmantes se comprometen formalmente a someterse a sus disposiciones.

Desde que inició sus sesiones en 1949, la Comisión ha desarrollado muchas de las convenciones que conforman las relaciones jurídicas de las naciones sobre temas tan diversos como el uso de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, el derecho de los tratados entre Estados y organizaciones internacionales, las relaciones diplomáticas y consulares o la prevención y el castigo de los delitos contra personas internacionalmente protegidas, etc.

Su estructura está formada por 34 miembros que representan a los principales sistemas jurídicos mundiales; son elegidos por la Asamblea General para un mandato quinquenal –en 2011 se nombró a los integrantes del periodo 2012-2016, donde se encuentra la jurista madrileña Concepción Escobar Hernández– y se reúnen anualmente en Ginebra (Suiza) –el 65º periodo de sesiones concluyó el 9 de agosto de 2013– pero en calidad de expertos y a título individual, no como representantes de su Estado nacional.

NB: como curiosidad, (...) Tradicionalmente se utilizaba para comprender el conjunto de cuestiones que hoy se cobijan bajo el título de derecho internacional la denominación derecho de gentes (...). Fue el filósofo inglés Jeremías Bentham (1748-1832), quien por vez primera empleó las palabras International law para designar estas materias (...) en su libro An introduction to the principles of moral and legislation en 1780 [HERRERO Y RUBIO; A. Derecho Internacional Público, 8ª ed. Valladolid: Andrés Martín, 1989, p. 7].

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...