lunes, 23 de septiembre de 2024

La Casa de Corrección de San Fernando del Jarama

Cuando hablamos de los caballeros de Maconochie ya tuvimos ocasión de referirnos a dos de los grandes reformadores británicos de las instituciones penitenciarias, de finales del siglo XVIII y comienzos del XIX; por un lado, el sheriff John Howard (1726-1790) gracias al éxito de su libro El estado de las prisiones en Inglaterra y Gales (1777) donde se propuso reformar esos establecimientos tras sufrir en primera persona las pésimas condiciones de la terrible prisión de Brest (Francia) y comprobar, de regreso a su país, que la situación de los presos ingleses era tan injusta como la sufrida al otro lado del Canal de la Mancha; y, por otro, su discípulo, el filósofo Jeremy Bentham (1748-1832) -el «legislador del mundo»- y su célebre Panóptico (1787). En cuanto al primero de ellos, en 1783 su plan de investigaciones le lleva a España donde, con cartas de presentación de Campomanes y la curiosidad propia del investigador social, realiza innumerables visitas a distintas prisiones y hospitales [1]. En concreto, durante su singladura por el Viejo Continente, Howard llegó a España durante los meses de marzo y abril de 1783, el ya por entonces reconocido británico elogió la organización y medios, materiales y personales, que se encontró al visitar la Casa de Corrección de San Fernando del Jarama. Anteriormente visitó las prisiones de Badajoz, que es por donde entró en España el 9 de marzo de 1783, los hospitales de Talavera, las prisiones y hospitales de Toledo, la cárcel Chancillería de Valladolid, la de Burgos, Madrid y Pamplona, si bien al ser breve su estancia no pudo realizar una visita a todos los establecimientos. Describió (…) una “separación de los presos en las cárceles en las que, en casi todas, existían patios” (…) en contraste con la denuncia que propagaba en su obra de 1776, acerca del nefasto estado general de las prisiones europeas [2].

Aquella alabada Casa de Corrección de San Fernando del Jarama -visita con la que el filántropo inglés quedó gratamente sorprendido [3]- tuvo su origen en el Motín de Esquilache [marzo de 1766], provocando la transformación del edificio de la Real Fábrica [de Paños fundada por el rey Felipe V en 1748 y que, en apenas ocho años, se trasladó al cercano municipio de Vicálvaro] en Hospicio. Se buscó un lugar donde mantener encerrados a vagos, mendigos y pedigüeños para destinarlos al trabajo fabril a fin de volverlos «hombres útiles», de ahí que en 1766 se iniciara el acondicionamiento de la Real Fábrica por decisión del conde de Aranda bajo Real Orden de 1 de junio de 1766, dictando que la gobernanza del Hospicio quedara bajo la dirección de Pablo Olavide [el jurista y político limeño Pablo de Olavide (1725-1803)]. La elección del lugar se decidió por sus características insalubres (el río Jarama se desbordaba con frecuencia en época de lluvias en septiembre u octubre y esto, unido a los trabajos de tratamiento del cáñamo y de limpieza de lana en su ribera provocaba que la potabilidad del agua fuese escasa) por lo que el emplazamiento tenía un carácter provisional.

(…) En cuanto al presupuesto para el funcionamiento del Hospicio, este se tasó en 189.500 reales, buscando en principio la economía dada la ingente cantidad de internos que iban a estar destinados en él. Olavide se encarga de establecer el régimen interior y dedica parte del presupuesto a los penados para dotarlos de salario; con posterioridad a la creación del hospicio decidirá llevar a cabo la creación de un «hospitalillo» para tratar el «mal gálico» que venía aquejando a la mayor parte de las internas. También establece una firme educación moral a través de la formación religiosa. Toda esta iniciativa se lleva a cabo con el dinero previsto para quinientos reclusos, habiendo mil internos para el mes de septiembre. Después de un periodo de enfermedad durante el otoño de 1766, por una breve intoxicación micológica, Olavide se centra en conseguir que los talleres del Hospicio fabricasen nuevos productos para ampliar la productividad, pero su proyecto deviene irrealizable por ser ascendido a nuevos cargos en 1767 como subdelegado de Sevilla y, posteriormente, Superintendente de las Nuevas Poblaciones. El 24 de julio 1767 se produce la rendición de cuentas del Hospicio y se otorga dicho puesto a don Nicolás de Rivera (…). A partir de 1773 el funcionamiento del hospicio decae en su productividad de las manufacturas y empiezan a oírse voces pidiendo su traslado; las enfermedades vuelven a aparecer cada cierto tiempo y los gastos en relación a los beneficios son excesivos. El impulso original de Olavide se está desvaneciendo con el paso del tiempo [4] y, finalmente, la casa se clausuró en 1801.

Hasta ese momento, en el correccional de San Fernando, (…) los hombres debían de realizar múltiples operaciones: acarreaban piedras, trabajaban en los hornos de cal, lavaban ropa de casa e hilaban telas; las celdas eran espaciosas, las enfermerías situadas en la parte alta eran muy amplias. Los presos recibían uniforme, dos pares de mantas y de zapatos. En la estancia de los hombres reinaba una gran limpieza, en las celdas de las mujeres aún más. En cuanto al alcohol estaban prohibidas terminantemente la venta de licores espirituosos, sin embargo en la taberna de la prisión se vendía vino a un precio prefijado por las autoridades. En la taberna había médico y capellán. Howard elogia el celo y la sensibilidad del Director al que considera humano, sensible y solícito. Las presas estaban bajo la Dirección de una mujer que, al igual que el Director, siempre vivía en el Centro.

Elogia especialmente el orden, el hecho de mantener del hábito de la subordinación, la rigurosa separación de sexos y la equidad en la distribución de alimentos y vestidos pero sobre todo el hecho de mantener siempre ocupados con un trabajo a todos los reclusos. (…) observa con agrado cómo se cumplen varios de los principios por él propugnados para la reforma del sistema penitenciario: separación interior por sexos, buena higiene y alimentación, asistencia médica y religiosa, existencia de talleres de telar, carpintería y sastrería para cada uno de los internos, dirección basada en el celo y la humanidad. Estos postulados hacían de este centro de reclusión la piedra angular de nuestro sistema penitenciario [5].

Como antecedentes europeos de aquella Casa de Corrección situada a ocho millas de Madrid [5] que se fundó con el designio de ejercer una recuperación y utilidad para la sociedad, mediante un régimen moderado, benigno y educador [6] se tomaron como referentes otras instituciones análogas que se habían venido fundando en Reino Unido, Países Bajos, Alemania y Suiza entre los siglos XVI y XVII; recordemos la conocida «House of Correction» de Bridewell, en Inglaterra o las «Rasphuis» y «Spinhuis» de Ámsterdam, en Holanda.

PD: por curiosidad, en 1916, San Fernando de[l] Jarama pasó a denominarse San Fernando de Henares, por formar parte del partido judicial de Alcalá de Henares; como resultado de la reforma que, ese año, cambió la denominación de 573 ayuntamientos españoles [Real decreto -de 27 de junio de 1916- aprobando la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica, cambiando la denominación a los 573 Ayuntamientos de España comprendidos en la misma, y disponiendo que en lo sucesivo se designen con los nombres con que figuran en la relación que se publica].

Citas: [1] TORRES SANTO DOMINGO, M. “Otro viajero británico en la España del siglo XVIII: el penalista John Howard”. En: Pliegos de bibliofilia, 2002, nº 19, p. 75-76. [2] FERNÁNDEZ BERMEJO, D. Individualización científica y tratamiento en prisión. Madrid: Ministerio del Interior, 2014, pp. 41 y 42. [3] CÁMARA ARROYO, S. Sistema penitenciario e internamiento de menores. Madrid: Ministerio del Interior, 2011, p. 131. [4] VELÁZQUEZ MARTÍN, S. “Historia del Derecho penitenciario español”. En: Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 2017, vol. LXX, pp. 409 y 410. [5] GUDÍN RODRÍGUEZ-MAGARIÑOS, F. “Crónica de la vida de John Howard, alma mater del derecho penitenciario”. En: Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 2005, vol. LVIII, pp. 162 y 163. [6] RIVACOBA Y RIVACOBA, M.: “La fundación de la casa de corrección de San Fernando”. En: CALABRÓ, A. N. et al. Estudios Jurídicos en homenaje al Profesor Luis Jiménez de Asúa. Buenos Aires: Abeledo Perrot, 1964, p. 207.

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