La disputa por las llanuras de Duars, situadas al sur de la cordillera del Himalaya, enturbiaba las relaciones entre los británicos que -por aquel entonces- dominaban la India y su vecino del Norte, Bután, desde finales del siglo XVIII; el conflicto permaneció latente durante casi cien años hasta que las tropas imperiales terminaron invadiéndolas para anexionarlas a la India en la Guerra de Duars [Duar War (1864-1865)] y, de hecho, hoy en día, aquella región continúa formando parte de los Estados indios de Assam y Bengala Occidental. El conflicto armado concluyó con la firma del Tratado de Sinchula, de 11 de noviembre de 1865, por el cual, el pequeño reino del dragón cedía los Duars al Imperio, renunciando a su soberanía y a cualquier reclamación posterior, a cambio de percibir una renta anual de 50.000 rupias que se les entregaría cada 10 de enero.
A partir de entonces, Bután concluyó el siglo XIX con los habituales enfrentamientos internos entre ciudades protibetanas como Paro (donde en la actualidad se encuentra su único aeropuerto internacional) -recordemos que, en su origen, este reino asiático es de raza, cultura, religión y lengua afines a las del Tíbet. En el siglo XVII, el país fue colonizado por tribus tibetanas, carentes de toda organización estatal [1]- contra las localidades probritánicas, como Tongsa [2], que acabó imponiéndose y consolidando su poder lo que permitió estabilizar las relaciones con los británicos en India. Al fin, en [17 de diciembre de] 1907, Ugyen Wangchuck [gobernador (penlop) de Tongsa] fue elegido monarca hereditario de Bután, en buena medida a instancias del gobierno de India, que deseaba una autoridad estable para consolidar las relaciones comerciales y diplomáticas del país, dada su privilegiada ubicación estratégica. Se creó la figura del rey en Bután: el Druk Gyalpo [2].
Como las relaciones británico-indo-butanesas habían cambiado, el acuerdo de Sinchula de 1865 fue modificado por el nuevo Tratado de Punakha (antigua capital de Bután) de 8 de enero de 1910; se incrementó la renta a 100.000 rupias y el Gobierno británico se comprometió a no interferir en la administración interna de Bután pero, a cambio, el reino butanés debía aceptar guiarse por el asesoramiento británico en lo que respecta a sus relaciones exteriores (Art. VIII). Este precepto convertía a Bután, de facto, en una suerte de protectorado del Reino Unido.
Ese estrecho vínculo primero con Londres y después con Nueva Delhi se acrecentó durante la II Guerra Mundial y, sobre todo, con la llegada al poder del Partido Comunista en Pekín y la posterior invasión china del Tíbet (que, como señalamos anteriormente, era el origen étnico de los butaneses). Tras lograr la independencia el 15 de agosto de 1947, Bután y la India firmaron el Treaty of perpetual peace and friendship between the Government of India and the Government of Bhutan, hecho en Darjeeling, el 8 de agosto de 1949. Muy similar al acuerdo de Punakha de 1910 solo que, esta vez, era el Gobierno de la India el que se comprometía a no interferir en la administración interna de Bután a cambio de que éste aceptara dejarse guiar por el asesoramiento del Gobierno de la India en lo que respecta a sus relaciones exteriores (Art. II); y, en línea con los tratados anteriores, Nueva Delhi, en lugar de la compensación concedida al Gobierno de Bután en virtud del Art. 4 del Tratado de Sinchula y aumentada por el tratado del 8 de enero de 1910 y el subsidio temporal de un lakh de rupias por año concedido en 1942, el Gobierno de la India conviene en efectuar un pago anual de cinco lakhs de rupias al Gobierno de Bután. Y se acuerda además que dicho pago anual se efectuará el 10 de enero de cada año, y el primer pago se efectuará el 10 de enero de 1950. Este pago continuará mientras este tratado permanezca en vigor y sus términos se cumplan debidamente (Art. III).
A partir de los años 70, el Reino del Dragón intentó renegociar aquel Tratado de 1949 para enfatizar la soberanía de Bután; de hecho, en aquella misma década, el 21 de septiembre de 1971, la resolución A/RES/2751 (XXVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas admitió a Bhután [sic] como miembro de la ONU tras haber recibido la recomendación del Consejo de Seguridad el 10 de febrero de aquel mismo año [incorporándose al tiempo que Baréin, los Emiratos Árabes Unidos, Omán y Catar (en aquel momento, 132 Estados miembros)]; pero las negociaciones no fructificaron hasta el cambio de siglo con el nuevo -y vigente- Indian-Bhutan Friendship Treaty, hecho en Nueva Delhi el 8 de febrero de 2007 y vigente desde el 2 de marzo de ese mismo año, cuando los dos gobiernos intercambiaron sus instrumentos de ratificación en Timbu (actual capital butanesa).
Sus diez artículos proclaman que habrá paz y amistad perpetuas entre ambas naciones (Art. I); que cooperarán estrechamente en cuestiones relacionadas con sus intereses nacionales, impidiendo que sus territorios se utilicen para llevar a cabo actividades perjudiciales para la seguridad nacional y los intereses del otro (Art. II); mantendrán, como hasta ahora, el libre comercio, prestándose plena cooperación y asistencia (Art. III); se podrán importar las armas, municiones, maquinaria, material bélico o provisiones -desde la India- que se requieran para fortalecer a Bután (Art. IV); y los demás preceptos contemplan la igualdad de trato ante la ley de los súbditos de un país que vivan en el otro; la extradición de delincuentes; y la cooperación en ámbitos como la educación, la salud, los deportes, la ciencia, la tecnología y la economía.
Como vemos, ya no se trata de un tratado desigual sino de un acuerdo entre dos naciones soberanas, vecinas y amigas, con estrechos lazos históricos en común y, sobre todo, sin que ninguna guíe los asuntos internacionales de la otra.
PD: en línea con todo lo anterior, los Arts. 1 y 2 de su vigente Constitución del Reino de Bután de 18 de julio de 2008 proclaman que: Bután es un reino soberano y el poder soberano le pertenece al pueblo de Bután; su forma de gobierno es una monarquía constitucional democrática; y su Majestad, el [rey] Druk Gyalpo, es el jefe de Estado y símbolo de la unidad del Reino y del pueblo de Bután.
Citas: [1] BURREL, G. (Dtor). Geographica. El hombre y la tierra. Asia. Barcelona: Plaza y Janés, 1969, p. 285. [2] RODRÍGUEZ CALLES, L. “Breve historia de Bután. Una identidad y un horizonte común en torno a la felicidad como objetivo político”. En: Estudios de Asia y África, 2019, vol. 54, nº 2.
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