Desde 2010, este blog reúne lo más curioso del panorama jurídico y parajurídico internacional, de la antigüedad a nuestros días, de forma didáctica y entretenida. Su editor, el escritor y jurista castellano Carlos Pérez Vaquero, es profesor doctor universitario (acreditado por ANECA) y autor de diversos libros divulgativos y cursos de formación.
lunes, 20 de junio de 2022
La definición jurídica de «periodista»
viernes, 17 de junio de 2022
¿Qué es un «Grupo Sindical de Colonización»?
La fundamentación jurídica de este centro directivo nos recuerda que: A efectos de lo que ahora interesa, en dicho Reglamento [de 1941] se establece que el Grupo Sindical es una agrupación de productores para la realización de obras o mejoras de interés local (artículo 1); que el capital social del grupo estará representado por resguardos nominativos expedidos a favor de los productores que lo integran, resguardos nominativos que conceden a su titular una participación en el disfrute de las obras o mejoras que se realicen y de los beneficios comunes que se obtengan equivalente a la parte alícuota del capital social que el resguardo representa y que se inscribirán en el libro que a tal efecto llevará la Obra Sindical de Colonización, sin que la transmisión de los mismos produzca efecto en tanto no se haya tomado razón en el expresado libro y expedido nuevo título a favor del cesionario, previa anulación del transmitido (artículo 5); que los órganos del grupo sindical son el jefe del grupo, la junta rectora y la junta general (artículo 9); que el jefe del grupo sindical, que por este solo hecho lo es de la junta rectora, representa y obliga al grupo sindical y a todos y a cada uno de los productores que lo integran (artículo 10); y que la junta rectora es el órgano de gestión del grupo sindical (artículo 13) y le corresponde la gestión de los asuntos que interesan al grupo sindical y la ejecución de los acuerdos de la junta general que no exijan facultades representativas (artículo 17). Es de destacar el marcado carácter intervencionista de la Administración por cuanto el jefe no era elegido por los miembros del Grupo Sindical de Colonización, tenía derecho de veto de los acuerdos de las juntas generales y rectoras. Asimismo, quedaban sometidos a la Disciplina de la Delegación Nacional de Sindicatos de FET y de las JONS y en el seno de la Obra Sindical de Colonización.
miércoles, 15 de junio de 2022
El «Compendium» de derecho catalán de Narcís de Sant Dionís
De aquel “Compendium Constitucionum Generalium Cathalonie” actualmente se conservan tres manuscritos con el texto latino del Compendium: en la Biblioteca del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial; en la Biblioteca Colombina de Sevilla; y en la Biblioteca Capitular de la Seu d‘Urgell (…). El ejemplar de Seu d‘Urgell fue transcrito en 1927, lo que posibilita formarse una idea bastante exacta de la aportación de Sant Dionís. Los manuscritos del texto catalán que se conservan del Compedium en la actualidad son ocho: dos en el Archivo General de la Corona de Aragón, en Barcelona; otro también en Barcelona, en la Biblioteca de Catalunya; otros tres en San Lorenzo del Escorial, en la Biblioteca del Real Monasterio; y dos más en la localidad de Vic, en el Arxiu-Biblioteca Episcopal (…). Además, se sabe a ciencia cierta que algunos ejemplares del Compendium fueron utilizados desde mediados del siglo XV [2].
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| Cortes Catalanas (s. XV) |
Narcís de Sant Dionís revisó –junto al jurista barcelonés Francesc Basset– la primera Compilación de las leyes generales del Principado de Cataluña escrita unos años antes (aproximadamente, entre 1413 y 1422) por Jaume Callís, Bonanat Pere (o Sapera) y Dídac Garcia. Sant Dionís no solo se ocupó en solitario de ultimarla, a partir de 1421, sino que aprovechó buena parte del material utilizado para componer un opúsculo auxiliar, en versiones latina y catalana, que recogiera de forma condensada el mismo cuerpo legislativo catalán, acaso sobrepasando la Compilación, la cual había iniciado una singladura llena de dificultades técnicas. El tratado se denominó Compendium [3]. Tomando como modelo la estructura del Código de Justiniano, la obra de Sant Dionís se dividió en diez libros y éstos, a su vez, en rúblicas que contenían capítulos o parágrafos con la normativa y usos catalanes, concordados con otras disposiciones de su corpus legal.
NB: recordemos que el texto jurídico más antiguo escrito originariamente en catalán fue una compilación de los principios y las reglas de legislación consuetudinaria: Les Costums de Tortosa [Costumbres de Tortosa (“Consuetudines Dertuse civitatis”)] que se codificó el 16 de diciembre de 1272.
Citas: [1] ÁLVAREZ GÓMEZ, D. “Dos procesos de la Corte del Vicario de Barcelona: el asalto a Joan de Palomar (1426)”. En: Cuadernos de Historia del Derecho, 2018, nº 25, pp. 47 y 48. [2] HIERREZUELO CONDE, G. “La edición del Compendium Constitucionum Generalium Cathalonie de Narcís de Sant Dionís, por parte del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya con autoría de Daniel Álvarez”. En: Revista Crítica de la Historia de las Relaciones Laborales y de la Política Social, 2017-2018, nº 11, pp. 195 y 197. [3] ÁLVAREZ GÓMEZ, D. Compendivm Constitvcionvm Generalivm Cathalonie. Narcís de Sant Dionís. Barcelona: Parlament de Catalunya y Generalitat de Catalunya, 2016, p. 7.
lunes, 13 de junio de 2022
Los acuerdos decimonónicos para extraditar malhechores
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| Dióscoro Puebla | Retrato de Pedro José Pidal (1877) Plenipotenciario nombrado por España para firmar el acuerdo con Francia el 26 de agosto de 1850. |
viernes, 10 de junio de 2022
Normas efímeras (VI): la anulación del Reglamento de la Carrera Diplomática
- El Real Decreto 641/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre; disposición anulada por la STS 1573/2018, de 26 de abril.
- El Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se reguló la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista; anulado por la STS 5372/2016, de 12 de diciembre.
- O el Real Decreto 253/2011, de 28 de febrero, sobre régimen jurídico de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles adscritos a la Dirección General de los Registros y del Notariado; que se declaró nulo por la STS 4780/2012, de 6 de julio, por no ser ajustado a Derecho.








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