viernes, 2 de febrero de 2024

Los culíes del Perú y la trascendencia jurídica del incidente del buque «María Luz»

El Diccionario panhispánico de dudas define el concepto “culi” o “culí” de la siguiente forma: La voz inglesa coolie, nombre dado por los colonos ingleses de la India y China al trabajador o criado nativo, (…) se usa, en general, para designar al trabajador de origen oriental (…). Partiendo de esa base, entenderemos mejor el comentario del historiador Ricardo La Torre Silva cuando afirma que: En 1849 se inició la llegada de los culíes chinos, originada por la escasez de mano de obra en la agricultura debido a la abolición de la esclavitud por el Presidente Ramón Castilla. El destino no fue exclusivamente agrícola, en los primeros años se les destinó tanto a la agricultura como al trabajo en las islas guaneras y en la servidumbre urbana. (…) Mediante ley de 1849. llamada "Ley China", se permitió el ingreso masivo de los trabajadores chinos. En octubre de 1849 acoderó en el puerto del Callao la barca danesa "Frederick Wilhem" trasladando a los primeros 75 culíes chinos al Perú. Entre los años 1849 a 1880 el lucrativo negocio de importar trabajadores desde China Imperial trajo entre 90 y 100 mil chinos al puerto del Callao y a otros puertos peruanos. La durísima travesía demoraba cerca de 120 días en realizarse [1].

Y añade: Para hacer posible el traslado de toda esta población hubo un engaño legal que consistía en hacer firmar en la misma China un contrato a los incautos "colonos". Los contratos se firmaban en condiciones de presión por deudas y, de manera general, en circunstancias de angustia individual de todo tipo. El Estado peruano otorgó a particulares la facultad de importar esta mano de obra por intermedio de concesiones mediante la suscripción de contratos. De 1849 a 1854 llegaron al Perú 4.754 chinos según datos de Castro Mendoza [autor al que volveremos a referirnos al final]. Cuando los barcos llegaban a los puertos, los contratos de los chinos eran traspasados a sus patrones, que generalmente era hacendados. En 1851 los efectos en la agricultura se dejaron sentir con una mayor productividad lo que originó que cerca de 98 empresarios se dedicaran a este negocio. Esta nueva dinámica agrícola, gracias a la presencia china, favoreció en los primeros años solamente a un sector minoritario de los hacendados costeños [1].


En el continuo trasiego de culíes desde China hasta el Perú, en 1872 se produjo el incidente del buque peruano «María Luz» que, al partir de Macao (en aquel momento una colonia portuguesa) con 234 trabajadores chinos en sus bodegas, se vio sorprendido por una tormenta y tuvo que refugiarse en el puerto japonés de Yokohama donde dos de los obreros confinados lograron huir y pedir ayuda al Encargado de Negocios de Reino Unido en Japón que demandó la intervención de las autoridades niponas.

Cuando (…) un juez japonés declaró la nulidad de los contratos de trabajo de un grupo de inmigrantes chinos (coolies) que se encontraban a bordo del barco peruano María Luz, que estaba anclado en el puerto japonés de Yokohama aduciendo que los coolies estaban sujetos a condiciones inhumanas. (…) el Gobierno de Perú, alentado por las potencias occidentales, envió, en 1873, una misión diplomática peruana a Japón y China (…). A raíz de las conversaciones emprendidas por la delegación peruana con el ministro de Relaciones Exteriores nipón, los gobiernos de Perú y Japón acordaron someter la controversia relativa al incidente del María Luz a un arbitraje ante el zar de Rusia, Alejandro II. En 1875, este emitió un laudo arbitral respaldando la decisión del tribunal japonés y poniendo fin a la controversia. De este modo, el desenlace del caso supuso una victoria diplomática para Japón [2].


En opinión del académico Esteban Poole Fuller: La controversia, condujo, a su vez, a que Perú y Japón estableciesen, formalmente, relaciones diplomáticas a través del Tratado Preliminar de Amistad, Comercio y Navegación, suscrito el 21 de agosto de 1873. Posteriormente, (…) se suscribió en Tianjin, el 26 de junio de 1874, el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre Perú y China [aprobado por el Congreso Nacional y promulgado por el Presidente Manuel Pardo el 13 de octubre de aquel mismo año], en virtud del cual se establecieron relaciones diplomáticas entre ambos países. De este modo, Perú fue el primer país latinoamericano en establecer relaciones diplomáticas con Japón y China. Más allá de sus repercusiones diplomáticas, el desenlace del caso del barco María Luz tuvo implicancias significativas en el plano migratorio. Ello debido a que, el 27 de diciembre de 1873, ante las presiones de los gobiernos de China, Reino Unido y Estados Unidos, el gobernador portugués de Macao prohibió la emigración china desde dicho puerto. Esta medida supuso el fin de la emigración forzada de chinos a Perú y otros países latinoamericanos y condujo a que la inmigración china a Perú disminuyera drásticamente [2].


En concreto, el Art. VI del acuerdo sinoperuano de 1874 dispuso que: (…) La República del Perú y el Imperio de la China reconocen con toda franqueza el derecho inalienable e inherente a todo hombre para cambiar de país. Sus respectivos ciudadanos y súbditos pueden, en consecuencia, ir libremente de un país al otro, con los objetos de paseo, comercio, trabajo o como residentes estables. Las altas partes contratantes convienen, por lo tanto, en que los ciudadanos y súbditos de ambos Estados, emigrarán únicamente de su libre y voluntario consentimiento; y de común acuerdo reprueban toda otra emigración para los mencionados objetos que no sea enteramente voluntaria, así como todo acto de violencia o engaño que para extraer súbditos chinos, pudiera practicarse en Macao o en los puertos de la China. Así mismo, se comprometen las altas partes contratantes a castigar severamente con arreglo á sus leyes, á sus respectivos ciudadanos o súbditos que infrinjiesen [sic] las presentes estipulaciones, y además á proceder judicialmente contra sus respectivos buques que se dedicasen á esas operaciones ilegales imponiéndoles las multas que para tales casos e hallan establecidas en sus leyes.


Como consecuencia, (…) el 2 de julio de 1874 llega al Callao la fragata “Lola” con el último embarco de colonos chinos, finalizando esta etapa de actividad naviera nacional en la que buques peruanos tuvieron apreciable participación [3].

Hoy en día, con los datos que aporta la agencia estadounidense CIA en su World Factbook, de los 32.440.172 peruanos, los descendientes de chinos y japoneses se enmarcan en el 1,2% de la población con otros orígenes étnicos [por tener otros datos con los que comparar ese porcentaje, los descendientes de africanos representan el 3,6% y los amerindios el 25,8% (*)].


Citas: [1] LA TORRE SILVA, R. “La inmigración china en el Perú” (1850-1890)”. En: Boletín de la Sociedad Peruana de Medicina Interna, 1992, vol. 5, nº 3. [2] POOLE FULLER, E “La controversia jurídica en torno al incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomáticas de Perú con China y Japón en el contexto del cuestionamiento del régimen de extraterritorialidad”. En: Interacción Sino-Iberoamericana / Sino-Iberoamerican Interaction, 2022, nº 17. [3] CASTRO DE MENDOZA, M. El Transporte Marítimo en la Inmigración China. 1849-1874.  Lima: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, 1989, p. 46. Pinacografía: Ilustraciones de Chris Soentpiet para el libro Coolies, de Yin (2009).

NB: puede leerse al respecto la entrada dedicada a los tratados desiguales.

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