viernes, 14 de junio de 2019

Las leyes hititas

Con buen criterio, el arqueólogo francés Lucianne Laroche (1929-1981) consideraba que los hititas eran una conquista de la ciencia moderna porque la exploración sistemática [de este pueblo que hizo su aparición en los albores del II milenio a. C. en Anatolia (parte asiática de la actual Turquía)] no comienza antes del 1906 con las excavaciones de H. Winckler en Boghazköy [nombre actual de la antigua Hattusa, su capital, en la imagen de la derecha] al paso que el desciframiento de las tablillas en caracteres cuneiformes hititas sólo comienza en 1917 [1]. Partiendo de esa base, puede afirmarse que el Imperio Hitita o País de Hatti es el más desconocido de todos los grandes pueblos de la Antigüedad, frente al legado de Mesopotamia (sociedad con la que guarda una gran similitud), el mediático Egipto o la cercanía cultural de Grecia y Roma, a pesar de haber sido una de las organizaciones políticas más poderosas del Oriente Medio, durante el segundo milenio a.C., como reconoce la UNESCO (*).
 
Isaac Asimov (1920-1992) –que además de escribir algunas de las grandes obras maestras de la ciencia ficción era también un excelente divulgador histórico– definió a los hititas como el primer pueblo indoeuropeo que entró en la Historia. Su imperio convertido en una gran potencia bajo Suppiluliuma I (1375-1334 a. J.C.). En tiempos de su hijo Musilish II [Mursili II] (1334-1306 a.J.C.) efectaron una incursión contra Babilonia y alcanzaron el apogeo de su poderío. Bajo Muwatalish [Muwatalli II] (106-1282 a.J.C.), los hititas libraron la batalla de Kadesh [Qadesh] contra Ramsés II [de Egipto] y vencieron, pero se trató de una victoria costosa. Recuperaron la mayor parte de Asia Menor y la gobernaron (…) pero habían quedado decisivamente debilitados. Como resultado de ello, hacia 1200 a.J.C., cuando unas tribus de pueblos llamados “frigios” invadieron Asia Menor, a los hititas les faltó la fuerza necesaria para rechazarlos, y su imperio se vino abajo después de más de siglo y medio de poder [2].
 
Bajo el nombre genérico de “leyes hititas” se conoce a unas series de contenido jurídico localizadas en Boghazköy y en número de dos, inscritas en dos tablillas de barro. La Serie I recoge diversos asuntos: homicidios accidentales, asalto y agresión, propiedad de los esclavos, procedimiento matrimonial…. La Serie II recoge asuntos relativos a robos o daños en viñas y huertos, irregularidades en ventas… [3]. La compilación de esos dos centenares de normas suele recibir el nombre de Código Hitita que, en realidad, contiene leyes de diferentes periodos en las que se hace evidente una constante evolución hacia penas más suaves y humanas donde o bien el hombre ha sido sustituido por un animal o la pena se ha convertido en una forma de compensación, ya sea en especie (en los casos de robo) o en dinero (plata) [4]. Lo más probable es que este cuerpo legal se recopilase durante los reinados de Mursili I, Hattusili I y, en especial, por la similitud de estilo con su edicto, de Telepinu, entre fnales del siglo XVII y comienzos del XV a.C.
 
La gran característica que define a la legislación hitita frente a la de sus vecinos de Oriente Medio y el Creciente Fértil es que su normativa también se basa en la aplicación de la Ley del Talión, de modo que la pena estará en igual proporción si, por ejemplo, una persona robó una yegua o un caballo de tiro debía compensar al propietario con otro animal similar [siguiendo la traducción del profesor Guillermo Fatás (*)]; pero su originalidad radica en el hecho de que esa ley talonial no se aplicaba a los delitos más graves (como los asesinatos, por ejemplo), a diferencia de lo que sucedía en Babilonia.
 
Los hititas –en cambio– apostaban por una justicia restaurativa que primaba intentar compensar a la víctima más que castigar al agresor; es decir, resarcirle por el daño causado, de modo que si alguno empuja a un hombre a un fuego, y muere, el agresor debe dar al heredero del muerto uno de sus hijos; si alguno mata a un hombre o a una mujer en una disputa, él (homicida) debe devolver su cuerpo a su descendiente, o heredero y darle 4 cabezas [probablemente esclavos, en compensación], hombres o mujeres; y así restituirá; si alguno roba el hilo para un traje, debe dar un traje de lana; o si alguno encuentra herramientas, debe devolverlas a su dueño y éste le recompensará. Este sistema de la compensación también se contemplaba para apartar la culpa de una casa; por ejemplo, se pagaba una moneda (mina) de plata por romper un diente, 6 siclos de plata por un delito de lesiones o 12 por desgarrar una oreja, etc.
 
¿Existía la pena de muerte en el País de Hatti? Sí, pero para delitos muy tasados como robar una lanza de bronce en las puertas del Palacio; cometer adulterio (Si un hombre encuentra y yace con una mujer en las montañas [en despoblado], es crimen y él será muerto. Pero si él la toma en su casa, la culpable es la mujer, la violada será muerta) o bestialismo (Si alguno se aparea con un cerdo o un perro, será muerto; curiosamente, no ocurría lo mismo con un toro).
 
Finalmente, el Código también contemplaba las figuras del levirato [Si un hombre tiene una esposa, y él muere, su hermano (será el primero para) tomarla como esposa; entonces, si el hermano muere, su padre la tomará], la esclavitud o el divorcio (si una mujer repudia a su marido pagará [...] y a su linaje [...]; el hombre recibirá los niños. Si, de otra manera, el hombre se divorcia de la mujer, él puede venderla).
 
Citas: [1] LAROCHE, L. De los sumerios a los sasánidas. Valencia: Mas Ivars, 1971, pp. 44-46. [2] ASIMOV, I. Historia y cronología del mundo. Barcelona: Ariel, 2006, pp. 49 y 54. [3] PINO, J. A. et al. Diccionario de Instituciones de la Antigüedad. Madrid: Cátedra, 2009, p. 311. [4] GURNEY, O. R. “Los Hititas”. En COTTERELL, A (Ed.). Historia de las civilizaciones antiguas. Barcelona: Crítica, 2ª ed., 1987, p. 239.
 
PD: también existen las llamadas “Leyes capadocias” (otro conjunto de tablillas con textos de regulación económica en forma de cartas y contratos localizados en el Karum de Kanish) [3]. Un “Karum” era un asentamiento comercial de otra ciudad, a modo de colonia para intercambiar productos con las localidades cercanas. La mencionada Kanish era una ciudad de Capadocia que luego se denominó Kültepe.

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