España, que con cierta frecuencia había perdido el tren de la Historia (revolución industrial, unificación de Europa, revolución tecnológica, etc.), esta vez iba a estar presente y sería protagonista de un hecho trascendental: la fundación de la Cruz Roja. Cuando el Comité de los Cinco [en referencia al grupo que impulsó este proyecto en Ginebra (Suiza): el comerciante Jean Henri Dunant, creador del Derecho Internacional Humanitario; el general Guillaume-Henri Dufour, el abogado Gustave Moynier y los doctores Theodore Maunoir y Louis Appia; cuya labor daría lugar al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)] convocó la Conferencia de los días 26 al 29 de octubre de 1863, España fue una de las primeras en inscribirse junto a otras trece naciones [CLEMENTE, J. C. Historia de la Cruz Roja Española. Madrid: Cruz Roja Española, 1986, p. 39].
Apenas unos meses más tarde, bajo los auspicios de la Orden Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, la reina Isabel II declaró a la Cruz Roja Española “Sociedad de utilidad pública” mediante una Real Orden de 6 de julio de 1864 (fecha que se considera el momento de su fundación en España). Cuatro años después, otra Real Orden, de 31 de julio de 1868, adoptó sus primeros Estatutos; y en la posterior década de los años 70, comenzó a prestar sus servicios tanto en conflictos internacionales (guerra francoprusiana, donde realizó el primer envío de socorros a los países beligerantes) como nacionales (tercera guerra carlista: la batalla de Oroquieta, en Navarra, es considerada el bautismo de sangre de la Cruz Roja Española) [CLEMENTE, J. C. El cuaderno humanitario. Madrid: Fundamentos, 2001, p. 37].
Hoy en día, el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, contiene las normas de ordenación de Cruz Roja Española y la configura como una Institución humanitaria de carácter voluntario y de interés público, que desarrolla su actividad bajo la protección del Estado, como auxiliar y colaboradora de las Administraciones Públicas en las actividades humanitarias y sociales impulsadas por las mismas; tal y como establece el preámbulo de la Orden SCB/801/2019, de 11 de julio, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de Cruz Roja Española.
De acuerdo con el Art. 1 de su vigente régimen jurídico: Cruz Roja Española, fundada el 6 de julio de 1864, de acuerdo con la Conferencia Internacional de Ginebra de 1863, es una institución humanitaria de carácter voluntario y de interés público, que desarrolla su actividad bajo la protección del Estado Español ejercida a través del Consejo de Protección. Se rige por los convenios internacionales sobre la materia en los que sea parte España, por el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española, por la legislación que le sea aplicable, por los presentes Estatutos y por su Reglamento General Orgánico y demás normas internas.
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