lunes, 10 de abril de 2023

La Constitución de la Organización Sionista Mundial (WZO)

El abogado y periodista austrohúngaro Theodor Herzl (1860-1904) trabajaba como corresponsal en París de un diario de Viena -el Neue Freie Presse- cuando estalló el célebre Caso Dreyfus; aquel proceso y la posterior ola de antisemitismo que levantó la injusta condena del militar alsaciano le llevó a un punto de inflexión en su vida, decidió cambiar su actitud y se convirtió en el gran promotor del sionismo [entendido como el movimiento político judío centrado en sus orígenes en la formación de un estado de Israel y, después de la proclamación de este en 1948, en su apoyo y su defensa (DRAE)]. (...) no dudó nunca más en que la dirección que los judíos debían tomar debía ser separarse del resto de las sociedades europeas. Debían abandonar el mundo de los "gentiles", su sociedad era por naturaleza antisemita, sólo un Estado judío permitiría una auténtica relación [1]

Por iniciativa de Herzl, el 29 de agosto de 1897, la Sala de Conciertos del Casino de Basilea (Suiza) acogió el I Congreso Sionista; una asamblea judía en la que se adoptó el denominado “Programa de Basilea”, documento fundamental para el desarrollo de las actividades del sionismo hasta que, en 1948, se estableció el Estado de Israel. Lo trascendental del Congreso de Basilea, al que llegaron 204 delegados del mundo entero, fue que habían adoptado una definición y un objetivo para el sionismo. Dejaba de ser un movimiento o corriente más, para convertirse en un movimiento político nacionalista, cuya finalidad era "asegurar al pueblo judío un hogar en Palestina, garantizado por el derecho público" [1]. Asimismo, en aquella reunión se fundó la actual Organización Sionista Mundial [World Zionist Organization (WZO)] para agrupar a todas las asociaciones y federaciones sionistas del mundo. Hoy en día, tiene su sede en Jerusalén.

Su marco jurídico se regula en los 66 artículos de la Constitución de la WZO [Constitution of the World Zionist Organization] que el Consejo General Sionista adoptó el 4 de enero de 1960; habiendo sido enmendada en numerosas ocasiones desde entonces porque su Art. 64 contempla que una mayoría de los dos tercios del Congreso puede aprobar su modificación. Su Art. 2 incluye el vigente “Programa de Jerusalén” según se definió en 2004 con los fundamentos del sionismo (desde la unidad del pueblo judío hasta la integración de todos los inmigrantes en la sociedad israelí, pasando por la defensa de los derechos de los judíos como individuos y como nación).

En cuanto a su estructura institucional, este instrumento jurídico establece un Congreso [Zionist Congress], como órgano supremo que se reunirá, al menos, una vez cada cinco años (Arts. 12 a 29); un Consejo [Zionist General Council] que examina y decide sobre todas las cuestiones que sean necesarias durante el periodo intercongresual (Arts. 30A a 38A); un presidente, como su más alto representante (Art. 39); y un ejecutivo que implementa las decisiones adoptads por el Congreso y el Consejo (Arts. 40 a 45). Asimismo, contempla la existencia de un poder judicial /Arts 46 a 58) que incluye juzgados de primera instancia (Court Tribunal of First Instance), apelación (Court of Appeal) y superior (la Zionist Supreme Court). Finalmente, regula la auditoría de cuentas (Comptroller) en el Art. 60.

El 3 de enero de 1961 se aprobó el Reglamento de ejecución de la Constitución (Regulations for the Implementation of the Constitution of the World Zionist Organization) con los once artículos que desarrollan algunos de sus preceptos y que también han sido muy enmendados desde entonces.

Joseph A. Koppay | Retrato de Herzl (1899)

NB: el sionismo se regula en esta Constitución y, paradójicamente, Israel es uno de los pocos países del mundo que carecen de una ley fundamental.

Cita: [1] GÓMEZ BRAVO, G. Atlas de la civilización judía. Madrid: Libsa, 2006, pp. 174 y 175.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...