lunes, 3 de febrero de 2014

Organizaciones internacionales (I): la OCDE

En la película Bienvenido Mr. Marshall [Luis García Berlanga, 1952], el personaje de la cantante Carmen Vargas [Lolita Sevilla] se enhebra en los brazos de su representante [Manolo Morán] y el alcalde de la ficticia localidad de Villar del Río [José Isbert] mientras pasean por el pueblo cantando la célebre estrofa de: Americanos, vienen a España guapos y sanos, viva el tronío de ese gran pueblo con poderío, olé Virginia y Michigan y viva Texas, que no está mal, os recibimos americanos con alegría, olé mi “mare”, olé mi suegra y olé mi tía. Con grandes dosis de humor y una fina capa de ironía para intentar librarse de la censura, aquel largometraje retrató una época en la que España comenzaba a abrirse al exterior y a recibir –como otros países europeos– la ayuda prometida en 1947 por el Secretario de Estado [Ministro de Asuntos Exteriores] de Estados Unidos, George Marshall, y su famoso Plan para reconstruir la economía del Viejo Continente, asolado por la guerra.

En ese contexto, un año más tarde, el 16 de abril de 1948, entró en vigor la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE) [Organisation for European Economic Cooperation (OEEC)], con sede en París (Francia), para ejecutar el Plan Marshall e interrelacionar la política económica de los Estados europeos beneficiarios para avanzar en su cooperación, convirtiéndose en la primera organización paneuropea que surgió tras la II Guerra Mundial.

Como a comienzos de los años 60, Estados Unidos y Canadá decidieron incorporarse como Estados miembros de la Organización, los Gobiernos de estos dos países americanos junto a los de 18 Estados europeos [la República Federal de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Suecia, Suiza, Turquía y Reino Unido] acordaron reemplazar la originaria OECE por una nueva –la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)– que se reguló por una Convención aprobada en la capital francesa el 14 de diciembre de 1960 [en España entró en vigor el 30 de septiembre de 1961]; su Art. I estableció como objetivos promover políticas destinadas a: a) realizar la más fuerte expansión posible de la economía y del empleo y a un aumento del nivel de vida en los países miembros, manteniendo la estabilidad financiera y a contribuir así al desarrollo de la economía mundial; b) contribuir a una sana expansión económica en los países miembros y en los no miembros en vías de desarrollo económico; y c) contribuir a la expansión del comercio mundial sobre una base multilateral y no discriminatoria, conforme a las obligaciones internacionales

Bajo el lema: Mejores políticas para una vida mejor, la OCDE está integrada por 38 Estados que ampliaron el original eje euroatlántico al incorporar a diversas naciones de las Américas [Colombia, Costa Rica, México o Chile], Asia [Israel, Corea del Sur o Japón] u Oceanía [Australia y Nueva Zelanda].

Junto a sus mediáticos informes sobre las perspectivas económicas de crecimiento o la situación de los sistemas educativos [PISA; en inglés: Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos], la OCDE analiza y compara datos para realizar pronósticos de tendencias sobre una amplia gama de temas: desde el medio ambiente hasta la energía, pasando por el empleo, las migraciones, la ciencia o la salud.

En 2020, la OCDE celebró su 60º aniversario

Su organización se estructura en un Consejo [Arts. VII a IX de la Convención: compuesto por todos los miembros, es el órgano del que emanan todos los actos de la Organización. El Consejo puede reunirse a nivel de Ministros o de Representantes Permanentes (…) designará anualmente a un Presidente, mismo que presidirá en las reuniones a nivel ministerial, y a dos Vicepresidentes y podrá constituir un Comité Ejecutivo y los órganos subsidiarios que sean necesarios para alcanzar los objetivos de la Organización] y un Secretario General [en 2021, al exministro mexicano Ángel Gurría lo sustituyó el en el cargo el senador australiano Mathias Cormann].

De acuerdo con su Art. VI: 1. Las decisiones se toman y las recomendaciones se hacen por acuerdo mutuo de todos los miembros, salvo que la Organización decida por unanimidad otra cosa para casos especiales. 2. Cada miembro dispone de un voto. Si un miembro se abstiene de votar una decisión o una recomendación, tal abstención no será obstáculo para la validez de dicha decisión o recomendación, que será aplicable a los demás miembros, pero no al miembro que se abstiene. Un buen ejemplo del denominado método de la disidencia. Ocurre lo mismo con el Art. VII de la Carta de la Liga Árabe de 1945: las decisiones que se adopten por mayoría solo serán válidas en aquellos Estados miembro que votasen a favor de ellas.

NB: en este enlace puedes consultar más información sobre la singular Red Parlamentaria Global de la OCDE (OECD GPN).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...