miércoles, 26 de junio de 2019

La creación de la peseta y la Unión Monetaria Latina

La Gaceta de Madrid –antecedente histórico del BOE– de 20 de octubre de 1868 publicó el escueto “Decreto reformando el sistema monetario. Se acuña la peseta”, de 19 de octubre de 1868, que popularmente se conoció con el sobrenombre de “Ley Figuerola” por el apellido del Ministro de Hacienda que firmó la disposición: Luis Figuerola. Su preámbulo explicaba el contexto en el que se tomó está decisión: El triunfo de la revolución iniciada en el glorioso alzamiento de Cádiz hace indispensable una medida de grandísima importancia: la reacuñación de la moneda (…). Pero al reacuñar la moneda, puesto que han de hacerse los gastos necesarios para este objeto, parece ocasión oportuna de realizar la reforma del sistema monetario, ajustando éste á las bases adoptadas en el convenio internacional de 23 de Diciembre de 1865 por Francia, Bélgica, Italia y Suiza.
 
El legislador se refería a que, tras el estallido de la Revolución de 1868, la Gloriosa, la reina Isabel II de España fue destronada y se exilió en Francia; asumiendo la regencia del reino el general Francisco Serrano y Domínguez. En aquel momento se decidió sustituir el caótico sistema monetario español donde convivían escudos de oro, reales de plata y maravedíes de bronce con doblones, reales de vellón y otras monedas de diversos metales por una sola; de modo que, según el Art. 1 del Decreto: En todos los dominios españoles la unidad monetaria será la peseta, moneda efectiva equivalente á 100 céntimos; acuñada en monedas de 100, 50, 20, 10 y 5 pesetas con los pesos, permisos y diámetros que se especificaban en los siguientes preceptos (Arts. 2 a 5) y que entraron en circulación, obligatoriamente desde el 31 de diciembre de 1870 (Art. 10).
 
Como sabemos, su vigencia concluyó ciento treinta y dos años más tarde, el 1 de enero de 2002, cuando se pusieron en circulación los primeros euros y aquella peseta –al igual que sucedió con el marco alemán, la lira italiana o el franco francés– se convirtió en una pieza de recuerdo y colección.
 
Lo más singular de ese devenir histórico de la peseta (1868-2002) es que su ocaso –con la llegada de la moneda única europea– presentó una gran similitud con su aurora cuando también coincidió con otro proceso de integración monetaria del Viejo Continente, mucho menos conocido, el que se desarrolló entre 1865 y 1927: la Unión Monetaria Latina [l'Union latine].
 
El Convenio internacional de 23 de diciembre de 1865 al que se refería la “Ley Figuerola” fue un acuerdo suscrito por Napoleón III de Francia, Leopoldo II de Bélgica, Víctor Manuel II de Italia y las autoridades de Suiza –al que se unió Grecia en septiembre de 1868– por el que los cinco países equiparaban sus respectivas unidades monetarias de acuerdo con el valor del franco francés. Todas ellas mantenían su propia denominación así como sus símbolos nacionales pero tenían el mismo peso estándar, equiparando su aleación, y se aceptaban indistintamente en cada una de esas naciones. Para Andrea Filocamo, aquella convention monétaire de 1865 uniformó efectivamente la circulación metálica en oro y plata, resolviendo el problema de la diferente cantidad de monedas en los distintos Estados, lo que dio lugar a movimientos especulativos [1]. Este “sistema bimetálico” se trastocó definitivamente con la I Guerra Mundial y la caída del precio de la plata.
 
Desde un punto de vista jurídico, la pregunta que cabe plantearse es si España llegó a ratificar –o no– aquella Convención latina de 1865. Para el profesor Ernesto Ruiz y González de Linares (*) la respuesta es afirmativa: Por el decreto de 19 de octubre de 1868 ["que venía a ser una copia de la famosa ley francesa de 7 Germinal, o sea, de 28 de marzo de 1803"] nos adherimos «ad-referendum» [“Dicho de la firma de un convenio o del convenio mismo: Sometido a la aprobación de un órgano superior” (RAE)] a los acuerdos de la Unión Monetaria Latina —formada el 23 de diciembre de 1865 entre Francia, Italia, Bélgica y Suiza—, adoptando la peseta —moneda efectiva, equivalente a 100 céntimos, con peso de 5 gramos de plata a la ley de 835 milésimas y 23 milímetros de diámetro, que valía cuatro reales y que se convirtió así en la unidad monetaria de España [2].
 
En cambio, los historiadores Miguel Martorell y Santos Juliá opinan lo contrario de forma categórica: El sistema monetario de la peseta era similar al francés, y ello abría la puerta a la incorporación de España a la Unión monetaria Latina, un tratado de integración monetaria en la esfera del franco constituido en 1865 por Francia, Suiza, Bélgica e Italia. No obstante, España nunca llegó a sumarse a aquella unión monetaria [3].
 
Citas: [1] FILOCAMO, A. “Per un bilancio dell'unione monetaria latina”. En Pecvnia, nº 23, 2016, p. 77. [2] RUIZ Y GONZÁLEZ DE LINARES, E. Ante el primer centenario de la peseta, 1968, pp. 276 y 277. [3] MARTORELL, M. y JULIÁ, S. Manual de historia política y social de España (1808-2011). Barcelona: RBA, 2012, p. 118.
 
NB: como recuerda la Comisión Europea: La integración económica entre Estados independientes no es nueva. La unión monetaria latina, de la que formaron parte Francia, Bélgica, Suiza, Italia y Grecia, existió entre 1865 y 1927. La unión monetaria escandinava entre Suecia, Dinamarca y Noruega se mantuvo vigente entre 1873 y 1924. Pero quizás el caso más emblemático sea el Zollverein alemán, que empezó siendo una unión aduanera entre los principados alemanes en 1834 y terminó con la creación de un banco central, el Reichsbank, y una moneda única, el Reichsmark, en 1875 (*).

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