Los demás títulos (…) no son otros que los que figuran en el llamado título largo, recuerdo glorioso de la Monarquía Hispánica fragmentada que precedió al Estado unitario contemporáneo, y «las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa Real». En el título largo, a su vez, podemos distinguir:
- a) Los títulos históricos de soberanía, que son aquellos que llevan el nombre de territorios o ciudades sobre los que España ejerce una jurisdicción efectiva (Rey de Castilla, León, Aragón, Mallorca, Murcia, Sevilla, Conde de Barcelona, Señor de Vizcaya... );
- b) De pretensión, que reflejan una reclamación fundada en sólidas razones políticas (Rey de Gibraltar) y
- c) Pro memoria, que corresponden a territorios que España hace tiempo que dejó de administrar y se inspiran en el ius usus inocui y en razones de recuerdo histórico y sentimental (Rey de Jerusalén, Conde de Habsburgo…) [1].
En el ordenamiento jurídico español, la única disposición que explica por qué el Rey de España ostenta también el título de Rey de Jerusalén es el didáctico preámbulo del Real Decreto 1005/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Obra Pía de los Santos Lugares: Fruto de la presencia histórica de España en Tierra Santa y del intenso esfuerzo económico y diplomático que la Corona española llevó a cabo en el sostenimiento de los santuarios allí presentes, existe hoy en día adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, una institución singular en la Administración española como es la Obra Pía de los Santos Lugares.
Ya desde los siglos XIII y XIV los monarcas aragoneses envían las primeras embajadas al Egipto mameluco, para interceder ante el Sultán por los santuarios y sus moradores. En el año 1342 los reyes de Nápoles, Roberto y Sancha, obtienen del Papa Clemente la bula «Gratias Agimus», por la que adquieren los derechos de Patronato sobre algunos santuarios, derechos que con la incorporación de dicho reino a la Corona española, pasan a constituir la base de una reivindicación ininterrumpida de nuestros monarcas sobre los Santos Lugares. Ello se ve fortalecido por la bula de 1510 por la que el Papa Julio II reconoce a Fernando el Católico como rey de Nápoles, heredando por esta vía el título de Rey de Jerusalén que desde entonces han ostentado los reyes de España.
Por ese motivo, como recordaba el escritor y diplomático Luis Francisco Martínez Montes, el fallecido presidente de Israel Shimon Peres se refería al rey Juan Carlos I como el monarca de los Santos Lugares [2].
Citas: [1] GARCÍA-MERCADAL Y GARCÍA LOYGORRI, F. Los Títulos de la Casa Real: Algunas Precisiones Jurídico-Dinásticas. Madrid: Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, 1998, p. 12. [2] MARTÍNEZ MONTES, L. F. La gran aventura de la diplomacia española. Madrid: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, 2019, p. 78.