viernes, 21 de febrero de 2020

La Constitución de Córcega de 1755

El 17 de septiembre de 1787, la Convención de Filadelfia aprobó la Constitución de los Estados Unidos de América que suele considerarse la primera ley fundamental del mundo; en el Viejo Continente, la Comisión Europea (*) atribuyó ese honor a la Constitución del 3 de mayo de 1791, adoptada por la Mancomunidad de Polonia y Lituana porque reflejó las influencias de la Ilustración, primando la razón, el Derecho y la libertad. Fue la primera constitución aprobada democráticamente en Europa y simboliza la transformación democrática y pacífica de un sistema político. Pero ambas tuvieron un precedente: antes de los Estados Unidos y de la República de las Dos Naciones [Unión de Lublin: Polonia-Lituania] la efímera República de Córcega (1755-1769) adoptó una Constitución [la Constitution de Corse o Custituzione di a Corsica] el 18 de noviembre de 1755, redactada en italiano por el ilustrado Pasquale Paoli (1725-1807) de acuerdo con los valores de la Ilustración, que estuvo en vigor catorce años y llegó a ser fuente de inspiración para los revolucionarios estadounidenses.

Según la historiadora británica Dorothy Carrington –una de las mayores expertas en historia corsa– aquel texto llegó a incorporar conceptos democráticos que ni siquiera previeron los revolucionarios de finales del siglo XVIII en Estados Unidos y Francia [CARRINGTON, D. “The Corsican Constitution of Pasquale Paoli (1755-1769)”. En: The English Historical Review, 1973, vol. 88, nº 348, pp. 481-503].

William Beechey |  Pasquale Paoli (ca. 1805)

Córcega siempre ha disfrutado de una privilegiada posición geoestratégica en el Mediterráneo occidental que, a lo largo de los siglos, no ha pasado desapercibida para romanos, vándalos, bizantinos, sarracenos, pisanos, genoveses, sardo-piamonteses… ni, finalmente, para las tropas del rey Luis XV que vencieron al ejército local en la batalla de Ponte-Novo, el 8 de mayo de 1769, anexionando la isla a Francia hasta la actualidad. Hoy en día, Córcega no es una región sino una collectivité territoriale unique que le reconoce un poder ejecutivo (le Conseil exécutif de Corse) y un parlamento propio (l'Assemblée de Corse).


A mediados del siglo XVIII, tras recuperar su libertad del despótico dominio genovés, la isla declaró su independencia. La Dieta Generale del Populo di Corsica –su órgano legislativo– se reunió en la que entonces era su capital, la ciudad universitaria de Corte, del 16 al 18 de noviembre de 1755, para proclamar una constitución en nombre de la soberanía de su pueblo, legítimamente dueño de sí mismo. Aunque Paoli reconoció la notable influencia que ejerció sobre él la obra Del Espíritu de las Leyes –publicada por Charles-Louis de Secondat, barón de Montesquieu, en Ginebra en 1748– a la hora de redactar aquel texto constitucional (por ejemplo, al establecer la separación de los poderes legislativo y ejecutivo en dos cuerpos distintos pero interdependientes que operaban en equilibrio); también supo conjugar los nuevos valores ilustrados con las tradiciones de los gobiernos locales corsos, de origen medieval. En opinión de Carrington, aquella República Corsa se dotó de una ley fundamental para el bienestar de todos los ciudadanos, algo que los historiadores siempre habían supuesto que se asumió por primera vez por el pueblo de los Estados Unidos; de modo que se puede calificar como la primera constitución democrática de la Edad Moderna.

Jan MatejkoConstitución del 3 de mayo (1891) de Polonia

NB: por alusiones, el profesor Sánchez Quiñones considera que: (...) La Constitución polaca de [3 de mayo de] 1791 es la gran desconocida de Europa. A pesar de promulgarse unos meses antes de la Constitución francesa del mismo año, su eco nunca alcanzó la resonancia de aquélla. Otorgada en un momento muy delicado para la Reczspospolita [la República], sus orígenes están fuertemente ligados a la crisis del estado polaco, siendo tal trance, la principal razón de su corta existencia. (...) fue la primera europea basada en las ideas nacidas durante la Revolución Americana. El texto tenía su origen en el espíritu de cambio que buscaba romper la dinámica decadente del reino y que había permitido implantar estructuras modernas de gobierno a partir de 1773, con la creación entre otros del primer Ministerio de Educación Pública de Europa [SÁNCHEZ QUIÑONES, L. "Dumocala o el Estado Imperfecto". En: Historia Constitucional, 2023, nº 24, pp. 465 y 486].

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