miércoles, 4 de agosto de 2021

Los Tratados «de Unión, Liga y Confederación Perpetua»

Cuando gran parte de las antiguas colonias españolas en América ya habían alcanzado su independencia, el 7 de diciembre de 1824, Simón Bolívar, Libertador de Colombia y Encargado del Mando Supremo del Perú, envió una Circular desde Lima a los Gobiernos de [Gran] Colombia, México, la América Central, las Provincias Unidas de Buenos Aires, Chile y el Brasil invitándoles a participar en una asamblea de plenipotenciarios nombrados por cada una de aquellas jóvenes repúblicas americanas, que sirviera de consejo en los grandes conflictos, de punto de contacto en los peligros comunes, de fiel intérprete en los tratados públicos cuando ocurran dificultades, y de conciliador, en fin, de nuestras diferencias. Profundamente penetrado de estas ideas, Bolívar ya había firmado diversos acuerdos de unión, liga y confederación con otras naciones hispanoamericanas: por ejemplo, el 6 de julio de 1822, el Gobierno del Perú celebró (…) un tratado de alianza y confederación con el Plenipotenciario de Colombia; y por él quedaron ambas partes comprometidas a interponer sus buenos oficios con los gobiernos de la América antes española, para que entrando todos en el mismo pacto se verificase la reunión de la asamblea general de los confederados. Igual tratado concluyó en México, a tres de octubre de ochocientos veintitrés, el enviado extraordinario de Colombia a aquel Estado; y hay fuertes razones para esperar que los otros gobiernos se someterán al consejo de sus más altos intereses.

Con ese fin, la Circular enviada en 1824 se concretó dos años más tarde con la celebración del Congreso Anfictiónico de Panamá, entre el 22 de junio y el 15 de julio de 1826, en la Sala Capitular del Convento de San Francisco (actual Palacio Bolívar) de la ciudad del istmo panameño. Lo de “anfictiónico” tuvo su origen en la propia carta que Bolívar envió a sus homólogos americanos al establecer un paralelismo entre el objetivo de aquella reunión y el que perseguían las ligas (anfictionías) que mantenían las polis griegas en la Antigüedad para hacer frente a los persas. Cuando después de cien siglos la posteridad busque el origen de nuestro Derecho Público, y recuerde los pactos que consolidaron su destino, registrará con respeto los protocolos del Istmo. En ellos se encontrará el plan de las primeras alianzas, que trazarán la marcha de nuestras relaciones con el universo. ¿Qué será entonces el Istmo de Corinto, comparado con el de Panamá?

Convento de San Francisco (Palacio Bolívar) | Ciudad de Panamá

El último día de la asamblea, el 15 de julio de 1826, se firmó el Tratado de Union, Liga y Confederación Perpetua entre las Repúblicas de Colombia, Centro América, Perú y Estados Unidos Mexicanos deseando consolidar las relaciones íntimas, que actualmente existen, y cimentar de una manera más solemne y estable, las que deben existir en adelante entre todas y cada una de ellas, cual conviene a Naciones de un origen común, que han combatido simultáneamente por asegurarse los bienes de la Libertad e independencia, en cuya posesión se hallan hoy, felizmente, y están firmemente determinadas a continuar, contando para ello con los auxilios de la Divina Providencia, que, tan visiblemente, ha protejido la justicia de su causa, han convenido en nombrar y constituir, debidamente Ministros Plenipotenciarios que, reunidos y congregados en la presente Asamblea, acuerden los medios de hacer perfecta y duradera tan saludable obra.

Entre la treintena de artículos que conformaron este pacto perpetuo destaca el principio de defensa colectiva del Art.3: Las partes contratantes se obligan y comprometen a defenderse mutuamente de todo ataque que ponga en peligro su existencia política, y a emplear, contra los enemigos de la independencia de todas o alguna de ellas, todo su influjo, recurso y fuerzas marítimas y terrestres, según los contingentes con que cada una está obligada, por la Convención separada, de esta misma fecha, a concurrir al sostenimiento de la causa común. Asimismo, el Tratado previó la creación de una Asamblea general de Ministros Plenipotenciarios de las potencias confederadas (Arts. 11 a 13); su compromiso solemne a transigir, amigablemente entre sí, todas sus diferencias (Art. 16); la garantía mutua de respetar la integridad de sus territorios (Art. 22); el ejercicio de los derechos y prerrogativas de los ciudadanos de una de las potencias si residen en otra (Arts. 23 y 24), que en términos actuales habría sido el precedente de una nacionalidad americana común; o la cooperación para lograr la completa abolición y extirpación del tráfico de esclavos de Africa, manteniendo sus actuales prohibiciones de semejante tráfico en toda su fuerza (Art. 27).


Aunque el Art. 31 previó que el presente Tratado de unión, liga y confederación perpetua, será ratificado, y las ratificaciones serán canjeadas en la villa de Tacubaya, una legua distante de la ciudad de México, dentro del término de ocho meses, contados desde la fecha, o antes si fuese posible; lo cierto es que tan solo llegó a ratificarlo Gran Colombia, el 14 de septiembre de 1837; no obstante, aunque no llegó a entrar en vigor, tuvo un gran valor simbólico: fue el primer acto de soberanía internacional hecho conjuntamente por las naciones hispanoamericanas, en el que se hacía una amplia referencia a la libertad, los derechos humanos y la democracia [COLOMER VIADEL, A. (Coord.). La integración política en Europa y en América Latina. Valencia: Instituto de Iberoamérica y el Mediterráneo, 2007, p. 169].

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