miércoles, 30 de octubre de 2024

Organizaciones internacionales (XXXII): el Observatorio del Square Kilometre Array (SKAO)

Para quienes lo desconocemos todo acerca de la radioastronomía, la parte expositiva del Convenio por el que se crea el Observatorio del Square Kilometre Array (SKA), hecho en Roma el 12 de marzo de 2019, resulta más clarificadora que la parte dispositiva que le sigue. El preámbulo señala que nos encontramos ante uno de los proyectos científicos más visionarios y ambiciosos del siglo XXI por medio de una estrecha cooperación internacional [de hecho, su origen se remonta a los años 80] en el que se van a poner a prueba los límites de la ingeniería y de la actividad científica e investigar aspectos fundamentales de la astronomía y de la física; reconoce que va a exigir un esfuerzo mundial que requiere una inversión a largo plazo pero también celebra la posibilidad de que sus descubrimientos científicos contribuyan al avance en el ámbito de la tecnología y la innovación y reporten beneficios más amplios a la industria y a la sociedad. Y, finalmente, explica que el Square Kilometre Array consistirá en las instalaciones de un radiotelescopio de próxima generación [con un área de un kilómetro cuadrado, de ahí su nombre] que posee un potencial de realizar descubrimientos mayor al de cualquiera de los instrumentos precedentes. Para que las aspiraciones de este proyecto se hagan plenamente realidad se decidió constituir la Organización del Square Kilometre Array (SKAO) con sede en el Observatorio de Jodrell Bank, situado al Noroeste de Inglaterra (Reino Unido) -en la imagen inferior- aunque se trata de una organización que operará con instalaciones en Europa, África y Oceanía.


Su Art. 3 detalla cuál es el fin de esta nueva organización internacional, dotada de personalidad jurídica e investida de las facultades que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de sus fines: 1. El objeto del SKAO será facilitar y promover la colaboración mundial en el ámbito de la radioastronomía con miras a desarrollar actividades que contribuyan a la evolución en la ciencia. El primer objetivo de dicha colaboración mundial será la puesta en marcha del proyecto SKA. 2. Previa resolución del Consejo, el SKAO podrá emprender otros proyectos al margen del SKA en el ámbito de la radioastronomía, su tecnología y sus aplicaciones, o participar en ellos. La participación de los miembros de pleno derecho y asociados en dichos proyectos será opcional. Por alusiones, según las definiciones contenidas en el Art. 1, por «proyecto SKA» se entenderá la iniciativa mundial de construir, mantener, operar y, en última instancia, desmantelar el SKA; siendo «SKA» las instalaciones del radiotelescopio Square Kilometre Array.

A continuación, el Art. 5 de este convenio especifica en qué consiste este proyecto: 1. El proyecto SKA estará diseñado de tal forma que permita desarrollar actividades que contribuyan a la evolución de la ciencia, combinando para ello una sensibilidad, una resolución angular y una velocidad de observación muy superiores a la de los instrumentos más punteros del panorama actual en las radiofrecuencias correspondientes. 2. El proyecto SKA se ejecutará por fases, siendo SKA-1 la primera de ellas, con la voluntad firme de continuar con las siguientes. 3. Australia y la República de Sudáfrica acogerán el SKA-1. Los componentes que se instalen en cada uno de los países anfitriones y los de la sede central del SKAO que se instalen en el país de la sede se describirán en un documento técnico que el Consejo aprobará mediante resolución por unanimidad. 4. Las siguientes fases del proyecto SKA darán comienzo previa aprobación del Consejo mediante resolución. La participación en la construcción de dichas fases será opcional. Las contribuciones económicas para la ejecución de fases ulteriores se establecerán de conformidad con el Protocolo económico del Observatorio del Square Kilometre Array.


Como no se trata de un acuerdo cerrado, el Art. 6 contempla que la adhesión estará abierta a Estados y organizaciones internacionales que podrán retirarse una vez que hayan transcurrido diez años desde la entrada en vigor del tratado (Art. 16). Hoy en día, forman parte del SKAO: Australia, Canadá, China, España (aplicación provisional del convenio desde el 4 de abril de 2023), Italia, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Sudáfrica y Suiza. Otros seis estados (Alemania, Corea del Sur, Francia, India, Japón y Suecia) han contribuido al proyecto y se encuentran en fase de adhesión.

En cuanto a su estructura: El SKAO esta formado por el Consejo [órgano de gobierno, responsable de la dirección estratégica y científica general del SKAO, de su buen gobierno y de la consecución de sus objetivos] y un Director General [director ejecutivo y representante legal del SKAO que responderá ante el Consejo], a los que asistirá el personal [científico, técnico y administrativo que considere necesario, al que nombrará y cesará con arreglo al Reglamento de Personal] (Arts. 7 a 9). Por último, las controversias que surjan entre los miembros de pleno derecho o miembros asociados y el SKAO acerca de la interpretación o la aplicación del presente Convenio y que no puedan resolverse mediante negociación se someterán, a solicitud de cualquiera de las partes implicadas en la controversia, a la Corte Permanente de Arbitraje con arreglo a las Reglas de Arbitraje del referido organismo, salvo que las partes hayan pactado otro mecanismo de resolución (Art. 14).

PD: el BOE de 25 de septiembre de 2024 publicó el Instrumento de adhesión [de España] al Convenio por el que se crea el Observatorio del Square Kilometre Array, hecho en Roma el 12 de marzo de 2019.

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