viernes, 31 de agosto de 2012

¿Cuántos colegios de abogados hay en España?

El Art. 2 del Estatuto General de la Abogacía (EGA) señala que (...) En las provincias donde existe un solo Colegio de Abogados, éste tendrá competencia en el ámbito territorial de toda la provincia y sede en su capital. En las provincias con varios Colegios de Abogados, cada uno de ellos tendrá competencia exclusiva y excluyente en el ámbito territorial que tenía al promulgarse la Constitución española de 1978, cualquiera que sea el número de partidos judiciales que ahora comprenda. Por ese motivo, en nuestro país existen más Colegios que provincias: en concreto, 83; con sede en localidades como Granollers, Manresa, Mataró, Sabadell, Sant Feliú de Llobregat, Tarrasa y Vic, sólo en la provincia de Barcelona; a los que hay que añadir: Alcoy, Elche y Orihuela (Alicante); Gijón (Asturias); Jerez de la Frontera (Cádiz); Lucena (Córdoba); Ferrol y Santiago de Compostela (La Coruña); Figueras (Gerona); Arrecife de Lanzarote (Las Palmas de Gran Canaria); Alcalá de Henares (Madrid); Antequera (Málaga); Cartagena y Lorca (Murcia); Estella, Tafalla y Tudela (Navarra); Vigo (Pontevedra); Santa Cruz de La Palma (Santa Cruz de Tenerife); Reus y Tortosa (Tarragona); Talavera de la Reina (Toledo) y Alcira y Sueca (Valencia).

Aunque suele decirse que el primer Colegio de Abogados español fue el de Madrid, lo cierto es que ese honor le corresponde al Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, el ReICAZ, que, además de ser el más antiguo es el único que ostenta el título de Real por concesión de Carlos III. Sus primeras ordenanzas datan del 15 de mayo de 1578 aunque se tiene constancia de que el Colegio ya existía en el siglo XIV gracias al beneficio otorgado en el testamento de unos infanzones a favor del pavostre (mayordomo) de la Cofradía de San Ivo, precedente histórico del actual Colegio zaragozano. Esto ocurrió el 10 de mayo de 1399 en la villa de Bordón (Teruel) y es, por ahora, la referencia más antigua de la que se tiene conocimiento.

Después se fundaron los Colegios de Valladolid (1592), Madrid (1595) y, más adelante, los de Sevilla, Granada, Valencia, Córdoba y Málaga, bien entrado ya el siglo XVIII; cien años más tarde, todavía se establecerían Colegios tan importantes como el de Barcelona, el 17 de enero de 1833, o el del Señorío de Vizcaya, en Bilbao, el 11 de julio de 1838.

La importancia del Colegio zaragozano volvió a ponerse de manifiesto durante la postguerra –en 1942– cuando el decano del ReICAZ, Emilio Laguna, tomó de nuevo la iniciativa para dotar a todos los Colegios de Abogados españoles de un nexo de unión similar al de los notarios. En aquel escrito del decano aragonés se resumía la situación de la abogacía española, prestando una especial atención al problema que suponía extender la jurisdicción castrense a delitos que iban más allá de lo estrictamente militar. A partir de aquel momento, el decano de Madrid, Antonio Goicoechea, recogió el testigo centrando su trabajo en la creación de una Mutualidad para la Abogacía y en la supresión de cualquier impedimento para que los letrados pudieran intervenir ante los tribunales de cualquier jurisdicción.

El 12 de junio de 1943, los decanos de Madrid, Navarra, Zaragoza, Barcelona, Valencia, Valladolid, Burgos, Cáceres y Albacete aprobaron, de acuerdo con el Ministerio de Justicia, el primer proyecto de normas de funcionamiento y composición de lo que hoy es el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), el órgano representativo, coordinador y ejecutivo superior de los Colegios de Abogados de España.

1 comentario:

  1. Blog muy interesante, sigo cada publicación de uds. ya que da herramientas al abogado para el ejercicio de la profesión en el día a día.
    Sigan posteando cosas como éstas.
    Fdo. Abogado Romero Resek
    Saludos Cordiales.

    ResponderEliminar

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...