El 28 de abril de 2020, Colombia se convirtió en el 37º Estado miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. La propia OCDE emitió entonces una nota de prensa en la que explicó que ese día concluía exitosamente el proceso de adhesión que inició en 2013; y añadió: Los países miembros de la OCDE invitaron a Colombia a afiliarse a la Organización en mayo de 2018. La invitación se hizo después de un proceso de adhesión de cinco años, durante el cual se sometió a revisiones en profundidad por parte de 23 Comités de la OCDE y puso en marcha reformas estructurales para armonizar su legislación, sus políticas y sus prácticas públicas a las normas de la OCDE, en particular sobre cuestiones laborales, de reforma de su sistema de justicia, de gobierno corporativo de las empresas de propiedad estatal, de anti-soborno, de comercio, así como de establecimiento de una política nacional sobre químicos industriales y gestión de residuos. Más allá de los aspectos técnicos, el proceso de adhesión ha servido como un catalizador para que Colombia lleve a cabo reformas importantes para mejorar el bienestar de sus habitantes, tales como la reducción de la informalidad en el mercado laboral, la mejora de la calidad y la relevancia de la educación y la capacitación, así como para la sostenibilidad de largo plazo del sistema de salud [*]. Una de las consecuencias que tuvo su proceso de adhesión a la OCDE fue la creación de los Decretos Únicos Reglamentarios (DUR).
El 2 de octubre de 2014, el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) –un órgano consultivo del gobierno colombiano creado en 1958 para asesorar a las autoridades de Bogotá en materia socioeconómica– publicó el Documento 3816 en el que presentó las bases para institucionalizar el Análisis de Impacto Normativo en la etapa temprana del proceso de emisión de la normatividad desde la Rama Ejecutiva del Poder Público con el objetivo de sentar las bases para generar las capacidades institucionales para la implementación de la metodología de análisis de impacto normativo en el proceso de emisión de la normatividad en la Rama Ejecutiva del orden nacional.
El CONPES –siguiendo el criterio de la OCDE (buena muestra de la trascendencia que adquiere el denominado "soft law") y tomando como antecedente la Directiva Presidencial 01 de 2005 que ya contemplaba la expedición de Decretos Únicos Compilatorios de carácter reglamentario– propuso diversas herramientas para llevar a cabo una mejora normativa; entre las que figuraban los mecanismos para controlar el inventario normativo que incluían la creación de repositorios únicos de normas con fácil acceso para los ciudadanos. Una “Tala Normativa” que implicaba la derogación de normas a partir de un criterio y buenas prácticas de técnica legislativa como derogación expresa, codificación, etc. De este modo, se trataba de poner fin al problema central de los bajos niveles de confianza, efectividad, transparencia y calidad en la producción normativa de la Rama Ejecutiva colombiana que afectan la competitividad del país; con decretos contradictorios y poco claros.
Partiendo de esa base, desde 2015, el poder ejecutivo colombiano ha ido sintetizando en un único cuerpo normativo todas las disposiciones de carácter reglamentario vigentes, por sectores de actividad, que hayan sido dictadas por la administración pública nacional en más de una veintena de «Decretos Únicos Reglamentarios» [DUR] desde agricultura y desarrollo rural hasta vivienda, urbanismo y territorio, pasando por contabilidad, cultura, deporte, función pública, medio ambiente o trabajo.
Asimismo, cada DUR incluye una disposición derogatoria integral; por ejemplo, en el Decreto 1069 de 2015 (mayo 26) por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho se especifica que: Este decreto regula íntegramente las materias contempladas en él. Por consiguiente, de conformidad con el art. 3 de la Ley 153 de 1887, quedan derogadas todas las disposiciones de naturaleza reglamentaria relativas al Sector Justicia y del Derecho que versan sobre las mismas materias.
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