lunes, 28 de noviembre de 2022

La normalidad del delito, según Émile Durkheim

Las explicaciones sociológicas del fenómeno criminal se encuadran en el marco más genérico de los modelos teóricos explicativos del crimen (es decir, las tesis elaboradas por la doctrina para intentar comprender por qué razón delinque el ser humano). Entre los diversos planteamientos que conviven en la Sociología Criminal se encuentra, según el profesor García-Pablos de Molina, un conjunto relativamente homogéneo de construcciones doctrinales que contemplan el crimen (“conducta desviada”) como fenómeno social, normal y funcional, cuya génesis y etiología guarda estrecha relación con la estructura y grado de desarrollo del propio sistema social. Especial consideración merecerá el pensamiento academicista de E. DURKHEIM (1858-1917) (…) [1]; en referencia al “padre de la Sociología”, el francés Émile Durkheim [se pronuncia /emíl durkáim/ (Épinal, 15 de abril de 1858 – París, 15 de noviembre de 1917)]; que no sólo fue un científico de la sociedad, esto es, un sociólogo; fue también un moralista y un reformador social. Educado en los ideales del positivismo y del racionalismo [2].

Para uno de sus biógrafos, el profesor Tapia Alberdi: aquel joven de Los Vosgos creció dentro de los límites de una familia judía muy unida, ortodoxa y tradicional que formaba parte de la comunidad judía arraigada en Alsacia-Lorena (…). Sin embargo, (…) pronto decide abandonar el judaísmo, renuncia a sus aspiraciones religiosas y deja la escuela rabínica. Aun así, Durkheim  creció  y  se  educó  en  el  interior  de  una  atmósfera  familiar donde «La observancia de la ley era obligación y ejemplo, donde no podía penetrar nada que pudiera distraerle a uno del cumplimiento de su deber» [3]. En 1879 fue admitido en la École Normal Supérieure de París, una prestigiosa escuela de formación de profesorado; y al concluir los tres cursos académicos, comenzó a impartir clases de Filosofía en diversos liceos de Puy, Sens, Saint-Quentin y Troyes al tiempo que escribía sus primeras obras. Tras lograr una estancia en las universidades alemanas de Leipzig, Berlín y Marburgo regresó a Francia en 1886 y, al año siguiente, inauguró el primer curso de los estudios de Sociología en la Universidad de Burdeos. En la ciudad bordelesa permaneció hasta comienzos del siglo XX; un periodo en el que contrajo matrimonio con Louise Julie Dreyfus, tuvieron dos hijos (Marie y André-Armand), publicó dos de sus monografías más reconocidas [Las reglas del método sociológico (1895) y El suicidio (1897)] y fundó la revista L’Année Sociologique (1898). En 1902, cuando regresó a la capital francesa, como catedrático de La Sorbona, ya gozaba de una excelente reputación como figura intelectual [3]; pero la muerte de su hijo pequeño en la I Guerra Mundial supuso un golpe que sumió a Durkheim en un estado de tristeza y aflicción del que nunca llegó a recuperarse [3]; agravado porque incluso llegó a ser acusado de espiar para los alemanes (en aquel momento, un sambenito para alsacianos y loreneses, como le sucedió a su coetáneo y paisano, Alfred Dreyfus). Falleció de madrugada, el 15 de noviembre de 1917.


Según el profesor Robles Morchón, Durkheim no fue jurista ni tampoco recibió formación jurídica pero aprendió a investigar las instituciones sociales relacionadas con el Derecho; por ese motivo, el Derecho tiene una gran presencia en su obra aunque se contempla, exclusivamente, desde un enfoque sociológico general, como un elemento del sistema social en su conjunto; así, el derecho representa, para Durkheim, la cristalización de la vida social; un símbolo exterior de los sentimientos colectivos y, en ese contexto, concibe el delito como un fenómeno normal que ha de ser explicado en términos sociológicos, en relación con la función social de la pena [2].

Pero, ¿qué significa considerar el delito como un fenómeno normal? Rodríguez Manzanera señala al respecto que: (…) El punto de partida de la teoría de Durkheim es el hecho social, considerado como cualquier sistema o fenómeno generalizado en todas las sociedades de tipo individual, en un particular estadio de su desarrollo. Un fenómeno que responda a estas características debe ser considerado científicamente, como normal; la normalidad para Durkheim es un estado de hecho, no un juicio moral o filosófico; es una conclusión estadística. El delito debe ser aceptado como un hecho social, como parte integrante de una sociedad, el cual no puede ser eliminado con un acto de voluntad. Por lo tanto, el delito es un hecho normal, no deduciéndose de esto que el criminal como individuo sea siempre normal desde un punto de vista biológico o psicológico. Cualquier sociedad normal siempre ha tenido algunos individuos anormales [4]. Aunque el criminólogo mexicano lo critica: El gran error de Durkheim es exactamente la médula de su doctrina: Considerar al crimen como algo normal. Las críticas que ha recibido, de Pinatel [se refiere al criminólogo francés Jean Pinatel (1913-1999)] por ejemplo, han sido en el sentido de que confundió dos aspectos: el sentido de constancia estadística, con el aspecto de normalidad. Por normalidad debe entenderse, en el sentido estadístico que señala Durkheim, aquello que se acerca más al término medio en una gráfica de distribución; puede interpretarse como lo más frecuente dentro de una muestra. Así, en una normalidad no moral o filosófica, sino estadística, sería normal el crimen si fuera la conducta más frecuente en la sociedad, si la mayoría de las conductas fueran criminales. (…) El crimen no es ni puede ser un fenómeno normal, es un fenómeno constante, y por desgracia lo encontramos en todo tipo y en todo lugar, pero es grave confundir constancia con normalidad [4].

Durkheim impartiendo clase en La Sorbona

Por su parte, el magistrado Zaffaroni cree que: (…) Durkheim pensaba que el delito cumplía la función social positiva de provocar un rechazo y con eso reforzar la cohesión de la sociedad. Entendámonos: Durkheim no consideraba positivo que alguien descuartizase a su abuela, sino que lo era la reacción social de cohesión que ese crimen provocaba. De esta forma despatologizaba al delito, lo consideraba normal en la sociedad [5].

Para concluir, retomando el Ensayo sobre Durkheim de Morchón [2], su autor nos recuerda que, precisamente, entre las tesis más sobresalientes y discutidas de la sociología durkheimiana, ocupa un lugar muy destacado su afirmación de que el crimen es un fenómeno normal. Cada tipo de sociedad arroja como habituales unas cifras de criminalidad. La presencia general del delito es lo que define su normalidad y, no solo eso, se trata de un hecho que además de normal también es positivo porque expresa la salud de la propia sociedad. La existencia de un porcentaje habitual y moderado de delitos es muestra de la flexibilidad social, que las personas gozan de un marzo de libertad y de autonomía. La primera función social del delito es la de reafirmar al grupo social en sus valores y creencias; y la segunda, que gracias a la existencia del delito se aclara y se precisa el contenido concreto de las normas (por medio de la jurisprudencia de los tribunbales al aplicar una pena a los delincuentes, para que la normativa no sea algo nebuloso e incierto, alejado de la vida real).

Citas: [1] GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, A. Tratado de Criminología. Valencia: Tirant, 4ª ed., 2009, pp. 715 y 716. [2] ROBLES, G. Crimen y castigo (ensayo sobre Durkheim). Madrid: Civitas, 2001, pp. 11, 19, 20 y 73 y ss. [3] TAPIA ALBERDI, F. “Biografía. Émile Durkheim (1858-1917)”. En: Tendencias sociales. Revista de Sociología, 2018, nº 1, pp. 7 a 17. [4] RODRÍGUEZ MANZANERA, L. Criminología. Ciudad de México: Porrúa, 2ª ed., 1981, pp. 352 y 353. [5] ZAFFARONI, E. R. La cuestión criminal. Buenos Aires: Planeta, 2012, p. 127.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...