lunes, 25 de marzo de 2019

El marco legal de las Reales Órdenes Civiles

El 2 de agosto de 1847, la Gaceta de Madrid –antecedente histórico del actual BOE– publicó el Real decreto disponiendo que las Órdenes Reales de España, en la esfera civil, serán en adelante las que se expresan á continuación, y que son las mismas que en el día existen; y más que se expresa. El Ministro de Estado, Joaquin Francisco Pacheco, afirmaba en su preámbulo que la posesión y la oportuna dispensación de los honores han sido siempre, y son mas aun en las actuales monarquías, uno de los mas útiles y abundantes tesoros de Gobierno; pero para que ese tesoro lo sea en realidad, (…) es indispensable que no se desparramen y prodiguen con mal acuerdo, y que sea verdaderamente una distinción, con juicio y parsimonia concedida, el hecho de obtenerlas y llevarlas. Todo lo que se vulgariza se envilece y pierde su mérito. Su Art. 1 enumeró las Ordenes Reales de España, en la esfera civil, [que] serán en adelante las que se expresan á continuación y que son las mismas que en el día existen: La insigne orden del Toison de Oro; la de San Juan de Jerusalen, sus lenguas de Aragón y de Castilla; la Real y distinguida de Carlos III; y la americana de Isabel la Católica.
 
Hoy en día, dos de aquellas cuatro distinciones ya solo se mencionan de forma muy ocasional en el ordenamiento jurídico español –por ejemplo, el Real Decreto 978/2015, de 30 de octubre, concedió el Collar de la Insigne Orden del Toisón de Oro a Su Alteza Real doña Leonor de Borbón y Ortiz, Princesa de Asturias; y el Art. 51 del Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprobaron los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, se refiere a la Cruz de los Caballeros de San Juan de Jerusalén, entre sus emblemas institucionales– mientras que las otras dos cuentan con un desarrollo reglamentario propio:
  1. El Real Decreto 1051/2002, de 11 de octubre, aprobó el Reglamento de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III; según su exposición de motivos: La Real y Distinguida Orden Española de Carlos III fue instituida por el Rey Don Carlos III, por Real Cédula de 19 de septiembre de 1771, con el fin de condecorar a individuos beneméritos. El lema del que la dotó su fundador desde su creación, «Virtuti et merito», es el mejor indicativo de la finalidad de la Orden, pues serían las virtudes personales y el mérito alcanzado en el servicio a la Corona las prendas personales que debían acompañar a quienes fueran agraciados con tan Distinguida Orden.
  2. El Real Decreto 2395/1998, de 6 de noviembre, aprobó el Reglamento de la Orden de Isabel la Católica: La Real y Americana Orden de Isabel la Católica fue creada por el Rey don Fernando VII el 14 de marzo de 1815, con la finalidad de «premiar la lealtad acrisolada a España y los méritos de ciudadanos españoles y extranjeros en bien de la Nación y muy especialmente en aquellos servicios excepcionales prestados en favor de la prosperidad de los territorios americanos y ultramarinos». Por Real Decreto de 26 de julio de 1847 se reorganizó esta Orden, tomando el nombre de Real Orden de Isabel la Católica. De acuerdo con su Art. 1: (...) tiene por objeto premiar aquellos comportamientos extraordinarios de carácter civil, realizados por personas españolas y extranjeras, que redunden en beneficio de la Nación o que contribuyan, de modo relevante, a favorecer las relaciones de amistad y cooperación de la Nación española con el resto de la comunidad internacional.
 
En este ámbito del Derecho Premial, durante el siglo y medio que ha transcurrido desde que se publicó aquel Real decreto de las Órdenes Reales de España, en la esfera civil, en 1847, el Gobierno español ha actualizado la regulación de algunas distinciones históricas y ha establecido otras ex novo, de acuerdo con el impulso, la promoción o la difusión de determinados valores. Veamos algunos ejemplos de ellas, ordenados cronológicamente:
  1. El Decreto de 2 de marzo de 1945 aprobó el texto refundido de las normas estatutarias de la Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort; para premiar los servicios prestados por los funcionarios de la Administración de Justicia, los miembros de las profesiones directamente relacionadas con ella y cuantos hayan contribuido al desarrollo del Derecho, al estudio de Ios Sagrados Cánones y de las Escrituras y a la obra legislativa y de organización del Estado (Art. 2).
  2. El Real Decreto 1523/1982, de 18 de junio, creó la Real Orden del Mérito Deportivo: Como reconocimiento y estímulo a quiénes se distinguen de forma eminente en la práctica deportiva en la enseñanza de la Educación Física, o en la dirección, organización, promoción y desarrollo de la Educación Física y del Deporte, en cuanto factores imprescindibles en la formación y desarrollo integral de la persona (se desarrolló por la Orden de 24 de septiembre de 1982 por la que se aprueba el Reglamento que establece las Ordenanzas de la Real Orden del Mérito Deportivo; modificada por la Orden PRE/1340/2010, de 21 de mayo).
  3. El Real Decreto 1270/1983, de 30 de marzo, reguló la Orden Civil de Sanidad; continuando la tradición de la antigua Cruz de Epidemias, tiene por finalidad premiar los servicios y méritos relevantes de carácter sanitario o prestados con motivo de la asistencia a luchas sanitarias o epidemias. Su Art. 1 la define como la máxima condecoración civil española que se concede, como honor, distinción y reconocimiento públicos, para premiar méritos, conductas, actividades o servicios relevantes o excepcionales, en el ámbito de la sanidad.
  4. El Real Decreto 421/1987, de 27 de febrero, por el que se crea la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario. Por Real Decreto de 3 de diciembre de 1905 se creó la Orden del Mérito Agrícola para premiar a aquellas personas que se distinguen por su actividad en favor del agro español. Su nueva reglamentación de 1987 creó la actual Orden Civil del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, para premiar a las personas que hayan prestado servicios eminentes o hayan tenido destacada actuación en favor de los sectores agrario, pesquero y alimentario, en cualquiera de sus manifestaciones. Se desarrolló por la Orden de 15 de abril de 1987 (Reglamento de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario) y actualizó por la Orden AAA/2395/2013, de 18 de diciembre.
  5. El Real Decreto 407/1988, de 22 de abril, por el que se regula la Orden Civil de la Solidaridad Social: su origen se encuentra en la Orden Civil de Beneficencia [que] fue creada por Real Decreto de 17 de mayo de 1856, para premiar a los individuos de ambos sexos que en tiempo de calamidades públicas presten servicios extraordinarios. Un año después, mediante Real Decreto de 22 de diciembre de 1857, se derogó el de 1856, ampliando el objeto de la condecoración. Hoy se encuentra regulada por Real Decreto de 29 de julio de 1910, al que ha llegado la hora de la actualización, para adecuar, como ya se ha dicho, su propia razón de ser a los más modernos conceptos de Solidaridad y Acción Social que, integrándolo, toman el relevo al de Beneficencia. La actual Orden Civil de la Solidaridad Social se puede conceder a las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoción o desarrollo de actividades y servicios relacionados con la acción social que hayan redundado en beneficio del bienestar social. Su Reglamento se desarrolló por la Órdenes de 17 de abril de 1989 y de 9 de julio de 1997.
  6. El Real Decreto 954/1988, de 2 de septiembre, por el que se reguló la Orden Civil de Alfonso X el Sabio comenzó afrimando que: La pluralidad de normas por las que se rige la Orden de Alfonso X el Sabio, cuyo precedente lo constituye la de Alfonso XII, aconseja refundir aquellas, adaptándolas a las condiciones sociales del tiempo presente y a los principios democráticos en que se inspira nuestro ordenamiento jurídico. Hoy en día, esta Orden Civil se destina a premiar a las personas físicas y jurídicas y a las Entidades tanto españolas como extranjeras, que se hayan distinguido por los méritos contraídos en los campos de la educación, la ciencia, la cultura, la docencia y la investigación o que hayan prestado servidos destacados en cualquiera de ellos en España o en el ámbito internacional.
  7. Y el Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de la Orden del Mérito Civil: esta distinción fue instituida por el Rey Don Alfonso XIII, por Real Decreto de 25 de junio de 1926, para premiar «las virtudes cívicas de los funcionarios al servicio del Estado, así como los servicios extraordinarios de los ciudadanos españoles y extranjeros en el bien de la Nación».

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