viernes, 15 de enero de 2021

¿Quién aprueba el Código PAOS?

El código de autorregulación de la publicidad de alimentos dirigida a menores, prevención de la obesidad y salud (conocido por el sobrenombre de Código PAOS) se adoptó el 29 de marzo de 2005, en el marco más genérico de la estrategia NAOS lanzada por el Ministerio de Sanidad y Consumo español con el objetivo de disminuir la prevalencia de obesidad y sobrepeso y sus consecuencias, tanto en el ámbito de la salud pública como en sus repercusiones sociales. En su introducción se justifica esta medida porque: (…) el sedentarismo y el déficit de gasto energético, provocados por las nuevas pautas y hábitos de conducta de nuestra sociedad moderna, juegan un papel principal en el aumento de la obesidad y el sobrepeso, y no cabe responsabilizar de este problema a la industria española de alimentación y bebidas –ni a productos alimenticios concretos o su publicidad. Sin embargo, la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), concienciada con el problema, se ha comprometido a jugar un papel constructivo y proactivo en esta compleja tarea colectiva contra la obesidad (…).

La FIAB es la entidad que promovió la elaboración del Código PAOS con el fin de establecer un conjunto de reglas que guiarán a las compañías adheridas en el desarrollo, ejecución y difusión de sus mensajes publicitarios dirigidos a menores; en línea con los Principios de la Publicidad de Alimentos y Bebidas (Principles of food and beverage product advertising) de la Confederación de Industrias Agro-Alimentarias de la UE (CIAA), aprobados en febrero de 2004.

Como se trata de un acuerdo de autorregulación, las normas del Código se aplican solo a la publicidad y promoción de alimentos y bebidas realizada por las empresas miembros de las asociaciones pertenecientes a FIAB que hayan manifestado expresamente su adhesión al “Código de Autorregulación de la Publicidad de Alimentos dirigida a menores” y que se difunda a través de cualquier medio o soporte, excepción hecha del etiquetado y embalaje de estos productos, que se regirá por la legislación aplicable.


El Código PAOS también contempla que además de las empresas que se hayan adherido a él podrán plantear reclamaciones por infracción de las normas de este Código ante el Jurado de la Publicidad: la propia FIAB, las asociaciones de consumidores, Autocontrol [Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial], las Administraciones Públicas, cualquier empresa o asociación empresarial o profesional, así como la Comisión de Seguimiento, de oficio o a instancia de consumidores individuales, u otras personas, entidades o colectivos no previstos en esta relación.

Desde 2005, diversas organizaciones empresariales sectoriales y otras entidades comprometidas con sus objetivos se fueron adhiriendo al Código promovido por la FIAB; pero, como parte del activo compromiso de la industria alimentaria con la autorregulación de sus actividades publicitarias a través de los nuevos medios, en 2009 se reforzó mediante un acuerdo de colaboración con los operadores de televisión; y en 2012 la Federación propuso revisarlo con una nueva versión del Código para adaptarlo también a los usuarios de internet menores de 15 años.

El 26 de diciembre de 2012 el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la AECOSAN [Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición] suscribieron el Código PAOS 2012 –que entró en vigor el 1 de enero de 2013– junto a la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), AUTOCONTROL, el sector de la distribución (ANGED, ASEDAS y ACES), la hostelería (FEHR) y la restauración (FEHRCAREM).

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